Madrid, 21 may (EFECOM).- La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha multado con 355.000 euros a Express Postal por incumplimiento del deber de fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales y por prestar servicios postales sin disponer de la autorización administrativa correspondiente.
El pasado 14 de marzo, la Dirección de Transportes y del Sector Postal de la CNMC abrió este procedimiento sancionador contra Express Postal. Sin embargo, su notificación, tanto por vía postal como a través de medios electrónicos, fue infructuosa, por lo que ha procedido a notificarla mediante la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Express Postal no ha realizado alegaciones al inicio del procedimiento, ni ha aportado documentación alguna relacionada con el mismo, señala el organismo garante de la competencia.
Para determinar esta sanción la CNMC subraya que Express Postal no recogió un número determinado de envíos franqueados con medios de franqueo de sus marcas comerciales (contabilizados a octubre de 2023), depositados previamente por error en la red de Correos, impidiendo de esta forma que tales envíos se entregaran a sus destinatarios finales. Express Postal no ha efectuado recogidas desde 2020.
Los citados envíos son, en su inmensa mayoría, tarjetas postales, es decir, envíos de correspondencia que pertenecen al ámbito del servicio postal universal.
Además, la sancionada realizaba la actividad postal sin contar con la correspondiente autorización administrativa tras su baja en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales (23 de noviembre de 2020) después de la tramitación, por parte del Ministerio de Transportes, del oportuno expediente por falta de renovación de la inscripción en el ejercicio 2020.
Estas prácticas suponen una infracción muy grave y otra grave.
En este sentido, por la falta muy grave correspondería una sanción de multa de 295.000 euros, mientras que en el caso de la infracción grave la multa es de 60.000 euros. Así, la multa total correspondiente a ambas sanciones asciende a 355.000 euros.
En el supuesto de que Express Postal preste su conformidad a la propuesta de resolución, procedería la reducción de la sanción propuesta en un 25 %.
En el caso de que Express Postal realice el pago voluntario de la multa en un momento anterior a la resolución, procedería la aplicación de una reducción del 20 % adicional en el importe de las sanciones. EFECOM
csb/sgb
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