Madrid, 26 mar (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cuatro años y tres meses de prisión al inspector de la Policía Nacional acusado de consultar irregularmente bases de datos policiales para enviar información a conocidos, entre ellos la dueña de un prostíbulo.
El agente condenado Alfredo P.C., ya jubilado, fue inspector de la Brigada Local de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional en 2018 y 2019 en la Comisaría de Coslada, período en el que presuntamente hizo casi 1.500 consultas en diferentes bases policiales para acceder a denuncias, fichas policiales, matrículas o antecedentes policiales al margen de sus funciones.
La Audiencia madrileña le condena a cuatro años y tres meses de prisión como autor de un delito continuado de revelación y cesión de secretos, a una multa de 21 meses con una cuota diaria de 8 euros e inhabilitación absoluta por 9 años.
El tribunal tiene en cuenta que se encuentra ya jubilado como funcionario policial y le impone la pena en su mínimo legal, porque considera que "colma el reproche penal que debe recibir por su conducta punible", explica en la sentencia.
El policía negó que hiciera más de mil consultas en dos años y argumentó que las que hizo se debieron a su trabajo policial, aunque algunas se las pidieran ciudadanos o compañeros.
También negó realizar consultas por encargo del exjefe de la Policía Local de Coslada, Ginés Jiménez, al que conocía y quien fue procesado en la denominada operación Bloque por una presunta trama de corrupción policial, y luego absuelto junto a los demás acusados por la Audiencia Provincial y por el Tribunal Supremo.
El tribunal considera probado que el funcionario acusado accedió a unos datos secretos o reservados sin estar autorizado para ello, que no guardan relación alguna con su cometido profesional y los cedió a un tercero.
"La autorización que tenía por razón del servicio solo abarcaba la actuación que le correspondía en el desempeño de las funciones que tenía encomendadas y no los accesos al margen de estas. Una cosa es que en su condición de funcionario de la Policía estuviera autorizado para acceder a determinadas bases, previa petición por escrito, y otra que esa autorización ampare el acceso a tales bases al margen de cualquier expediente o actuación oficial", establece la audiencia.
La Audiencia considera acreditado que el acusado, al menos entre los meses de enero de 2018 y febrero de 2020, realizaba de manera continuada consultas en las bases de datos policiales a las que tenía acceso por su condición de funcionario policial para dar respuesta a las peticiones que al respecto le realizaban terceras personas, a las que facilitaba dicha información.
Entre otras acciones, accedió a la base Sindepol y visualizó atestados policiales para personas con las que mantenía relaciones de amistad; durante una entrada y registro en su despacho y taquilla se encontró numerosa documentación en carpetas de fichas policiales, antecedentes, DNI y ficha de registro de extranjeros que no estaban relacionados con ninguna operación o actividad policial con anotaciones del acusado. EFE
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