Cómo funciona el voto por correo: quién lo recibe y quién lo custodia hasta que llega a las urnas

Los españoles que decidan votar en las elecciones generales a través de esta modalidad deberán solicitarlo hasta el 19 de noviembre

Un cartero llega al colegio electoral con el voto por correo durante las elecciones generales de 2023.
Un cartero llega al colegio electoral con el voto por correo durante las elecciones generales de 2023. (Diego Radamés / Europa Press)
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El fantasma del pucherazo en el voto por correo ha vuelto a agitar la política a las puertas de unas elecciones en España. La teoría conspirativa, que el agitador Alvise Pérez ya difundió en las últimas elecciones europeas y que ahora replican dirigentes del Partido Popular y Vox, cuestiona sin pruebas la fiabilidad de esta modalidad de sufragio. Como suele ocurrir con esta clase de discursos, todo parte de bulos que se viralizan en las redes sociales, pese a las garantías que los expertos atribuyen al sistema. En Infobae te explicamos cómo funciona.

La norma electoral y las instrucciones de la Junta Electoral Central establecen controles desde la petición de la documentación hasta el recuento. La solicitud para votar por correo puede presentarse hasta el décimo día anterior a la votación, según dicta la Ley Orgánica del Régimen Electoral General: es decir, el 19 de noviembre.

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Una vez solicitado, la Oficina del Censo Electoral comprueba la inscripción, registra su petición y le remite por correo certificado las papeletas, los sobres y el certificado censal. Y no, no podrás votar presencialmente después. La anotación en el censo impide al elector votar presencialmente en su mesa, incluso si finalmente no llega a enviar el sobre.

Hasta tres veces hay que mostrar el DNI

Desde el 10 de junio de 2023, quien entrega su voto en una oficina postal debe identificarse ante el personal de Correos con su DNI hasta en tres ocasiones. La Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central ordena comprobar la identidad del votante y tramitar la documentación como correo certificado dirigido a la mesa electoral correspondiente.

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Antes de esa instrucción, la identificación era obligatoria al solicitar el voto y al recibir la documentación, pero no en el momento de depositar el sobre, lo que abría la puerta al fraude. Hay que recordar que, si el elector no puede acudir personalmente a la oficina, puede autorizar a otra persona mediante un escrito firmado y una fotocopia de su documento oficial de identidad.

Los sobres recogidos en buzones no son válidos para votar. Correos debe entregarlos a la Junta Electoral de Zona, sin remitirlos a la mesa electoral a la que iban dirigidos. La LOREG obliga además a la empresa postal a conservar toda la correspondencia dirigida a las mesas hasta el día de la votación. Correos lleva un registro de la documentación recibida, que queda a disposición de las juntas electorales.

El recorrido de los sobres hasta las urnas en el voto por correo

¿Y cómo llega a la urna? Tras la entrega en la oficina, los sobres con el voto y el certificado de inscripción se guardan en una caja fuerte hasta su retirada a última hora de la tarde. Virginia Hidalgo, trabajadora de Correos y miembro del sindicato CGT, explicó en una información de Newtral que la clave del depósito solo la posee el director o la directora de la sucursal.

Los envíos salen de cada oficina dentro de una caja precintada con un documento que anota el número de sobres, la identidad de cada remitente y la conducción de entrega de cada sucursal. El material llega a un centro de admisión masiva, donde se descarga en una sala vigilada por personal de seguridad ajeno a Correos.

Empleados de la empresa postal que se han presentado voluntariamente verifican que el contenido coincide con los datos anotados por la sucursal y clasifican cada sobre según el colegio electoral de destino. A esa sala no puede acceder nadie que no participe en esas tareas. Las furgonetas trasladan después los sobres a las unidades de reparto vinculadas a cada colegio electoral. Allí permanecen bajo llave en las cajas fuertes de las oficinas, custodiadas por sus responsables, hasta la jornada electoral del 23 de julio.

Una vez terminada la votación y antes de iniciar el escrutinio, que suele comenzar a las 20:00 de la tarde, cada mesa electoral introduce en la urna los votos recibidos por correo. Los ciudadanos que forman parte de la mesa cuentan públicamente las papeletas al cierre de los colegios electorales.

El fraude en Ceuta y Melilla que llevó a endurecer el protocolo

¿Existen casos de fraude? Son pocos, pero hay antecedentes. La agencia EFE recuerda en otra información que uno de los casos con condena se remonta a las elecciones al Senado de 2008 en Melilla. En 2021, el Tribunal Supremo confirmó penas de dos años de prisión para Mustafa Aberchán, dirigente de Coalición por Melilla, y Dionisio Muñoz, exsecretario general del PSOE melillense, por falsedad y dos delitos electorales.

Vox considera que el proceso de nacionalizaciones con la llamada 'Ley de Nietos' supone un "golpe de estado a cámara lenta" y, además de pedir la suspensión de esa norma, propone privar a los españoles residentes en el extranjero de la posibilidad de ejercer el derecho a voto por correo. (Fuente: VOX)

La sentencia concluyó que ambos prometieron puestos de trabajo para que algunos votantes solicitaran el voto por correo y entregaran después la documentación a terceras personas. Estas escogían las papeletas en su lugar y las remitían.

Durante las elecciones de mayo de 2023 se investigó otra presunta trama de compra de votos para la Asamblea de Melilla. El decreto por el que la Fiscalía Anticorrupción asumió el caso recogía pesquisas policiales sobre pagos de entre 100 y 150 euros a ciudadanos para alterar el procedimiento postal. Ese caso fue una de las causas que llevaron a reforzar las garantías. En las municipales de ese mismo año también se abrió una investigación por una presunta compra de votos a favor del PSOE en Mojácar, con siete detenidos, entre ellos dos integrantes de la candidatura socialista al Ayuntamiento.

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