Un ciclista recibe una multa de 500 euros tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Circulación: iba con un motor eléctrico no homologado

La norma introduce nuevas obligaciones para quienes circulan en patinetes eléctricos, bicicletas y motocicletas

Ilustración de un ciclista visto desde atrás en una carretera rural con un coche de frente, árboles y colinas al fondo.
(Imagen Ilustrativa Infobae)
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500 euros de multa por ir en bici. Dicho así parece exagerado, pero no son más que las consecuencias del nuevo Reglamento General de Circulación, que endurece las sanciones y refuerza la protección de los peatones, sancionando a los que vayan a una velocidad excesiva, ya sea sobre cuatro o sobre dos ruedas. Y es que este ciclista que circulaba por Maracena, en Granada, fue ‘pillado’ por la policía local a 50 kilómetros por hora sobre una bicicleta modificada con un motor eléctrico casero, según ha contado la agencia Europa Press.

Los hechos ocurrieron el pasado domingo, cuando el conductor pasó frente a una patrulla municipal a una velocidad inusual para una bicicleta convencional, y sin pedalear. Esto despertó la sospecha de los agentes, que decidieron seguirlo desde el vehículo policial. Tras verificar que la bicicleta alcanzaba los 50 kilómetros por hora, los policías dieron el alto al ciclista a la salida de Maracena para inspeccionar el vehículo. La revisión confirmó que la bicicleta incorporaba un dispositivo eléctrico de fabricación casera, diseñado para transformarla en un ciclomotor sin la homologación correspondiente.

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A raíz del hallazgo, el vehículo fue retirado de la circulación y su conductor recibió una sanción de 500 euros por una infracción calificada como muy grave dentro de la normativa de tráfico vigente. La Policía Local dio a conocer el caso a través de sus redes sociales.

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Una reforma que endurece las reglas para bicicletas y patinetes

La multa llega pocas semanas después de que, el 1 de octubre, entrara en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, del 24 de junio. La norma introduce nuevas obligaciones para quienes circulan en patinetes eléctricos, bicicletas y motocicletas, y amplía la protección hacia los peatones.

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El cambio normativo pone el foco en los llamados usuarios vulnerables de la vía y adapta la legislación a la evolución reciente de la movilidad urbana. Entre sus disposiciones, la reforma incorpora exigencias específicas para quienes utilizan bicicletas, patinetes, ciclomotores o motocicletas en el ejercicio de una actividad profesional, como los repartidores. Para este colectivo, el uso de casco y chaleco reflectante pasa a ser obligatorio en todo momento, y ya no solo durante la noche o en condiciones de baja visibilidad. El reglamento también contempla que los vehículos de movilidad personal circulen con el alumbrado encendido de forma permanente, incluso durante el día, aunque esta obligación no entrará en vigor hasta el 1 de octubre de 2027.

La reforma introduce además medidas concretas para proteger a quienes se desplazan en bicicleta por carretera. Al adelantar a un ciclista en una vía interurbana, los coches y motocicletas deberán reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. En calzadas con más de un carril por sentido, el vehículo que realiza el adelantamiento deberá cambiar por completo de carril. La norma elimina, asimismo, las exenciones que existían hasta ahora al uso del casco para los ciclistas en carreteras interurbanas, por lo que esta protección pasa a ser obligatoria con carácter general.

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