
La Audiencia Nacional ha ordenado al Estado facilitar el traslado a España de un ciudadano afgano y su familia inmediata, para que puedan formalizar su solicitud de asilo. Según recoge EFE, el tribunal considera acreditado un “riesgo real, concreto y elevado” de que sufran represalias mortales por parte del régimen talibán. La decisión, adoptada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, estima el recurso y anula una resolución previa de la Embajada de España en Islamabad (Pakistán), que había rechazado la solicitud original de protección internacional.
Su carrera comenzó en la Armada Nacional afgana entre 2001 y 2006, cuando fue víctima de un atentado. En ese ataque, sufrió heridas de bala y arma blanca que requirieron varias intervenciones quirúrgicas y un proceso de rehabilitación de seis meses. Posteriormente, entre 2008 y 2021, ejerció como auxiliar judicial en el Justice Centre In Parwan (JCIP), una entidad que operaba en colaboración con el Gobierno afgano y la misión internacional ISAF, en la que participaban fuerzas militares y logísticas de varios países, incluido España.
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La justicia llegó a procesar a cientos de combatientes talibanes y miembros de organizaciones como Al Qaeda o Estado Islámico. Aunque su función era principalmente de asistencia, su presencia visible en la sala llevó a muchos acusados a identificarlo como una figura con capacidad de decisión, lo que incrementó el nivel de amenaza sobre su persona. La caída de Kabul y el regreso de los talibanes en 2021 agravaron la situación. La reapertura de cárceles permitió que antiguos procesados quedaran en libertad y le situaran como objetivo.
Proceso legal en España
La resolución de la Audiencia Nacional detalla situaciones críticas, como un asalto armado a su vivienda familiar, donde los asaltantes intentaron secuestrar a su hijo menor y solo desistieron tras recibir todas las pertenencias de valor que la familia poseía. Además, varios familiares directos han sido presionados e interrogados para tratar de descubrir su paradero, lo que ha generado una situación de acoso sostenido.
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Durante el proceso en España, la Abogacía del Estado defendió la negativa al traslado, basándose en una entrevista consular en la que se consideraba que el solicitante no enfrentaba un riesgo inminente. Sin embargo, la defensa, a cargo de la abogada Paula Bretones, presentó pruebas documentales que incluían certificados médicos de las lesiones sufridas o cartas institucionales relevantes, como una de un coronel de la ISAF, que confirmaban la existencia de una amenaza letal para el solicitante y su entorno inmediato.
La Audiencia Nacional ha fundamentado su fallo en el artículo 38 de la Ley de Asilo, apoyándose también en recientes informes de ACNUR que advierten sobre las violaciones sistemáticas de derechos humanos en Afganistán y la inseguridad en Pakistán, que impiden una reubicación segura para quienes colaboraron con fuerzas occidentales. La sentencia anula la decisión de la embajada española en Islamabad y obliga al Estado a tramitar los visados necesarios para el traslado. El fallo puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días. Si no se presenta recurso, la resolución será firme y ejecutable.
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