
Empezó poco a poco. Con voces y amenazas. Y con el paso del tiempo, el maltrato fue creciendo en intensidad, como más tarde contaría la mujer en los tribunales: “Era habitual en el matrimonio que hubiera gritos y faltas de respeto, relativas a que si no estaba la comida preparada o hablaba con los vecinos o no mantenía relaciones sexuales, todo era motivo de ira, o incluso si no había comida en la nevera, añadiendo que durante el matrimonio acudieron a terapia”.
Pero la terapia no sirvió de mucho, porque un día de marzo la situación estalló. Así cuenta los hechos el texto de la sentencia: “El acusado gritó que le iba a dar una hostia y le iba a estampar contra la pared, añadiendo que le iba a colgar de la puerta y le iba a golpear, llegando a dar golpes en la pared gesticulando fuertemente. [La mujer] llegó a escribir en una nota la pregunta que le hizo el niño nada más ocurrir estos hechos: ‘¿Mamá, por qué papá te quiere colgar de la pared?’“. Ese mismo día, la mujer se marchó del domicilio familiar con los niños. Y el caso acabó en divorcio y en los tribunales.
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Ahora, los jueces han condenado al hombre a un total de dos años y cuatro meses de prisión por amenazas y violencia psicológica habitual contra su exesposa, en un juicio celebrado en la provincia de Huesca. El fallo incluye además restricciones de acercamiento, prohibiciones de comunicación y privación del derecho a portar armas.
El relato de los hechos: un clima de miedo persistente
El tribunal dio por probado que el hombre y la mujer, casados desde 2012 y padres de dos hijos nacidos en 2013 y 2015, convivieron durante años en un ambiente de hostilidad creciente. Según la sentencia, el acusado desplegó un patrón de gritos, insultos y descalificaciones como “pareces tonta” o “inútil”, muchas veces delante de los niños.
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El episodio central ocurrió ese 14 de marzo de 2022, que llevó a la mujer a iniciar un tratamiento psicológico que todavía mantiene debido a las secuelas emocionales. A partir de entonces, solicitó el divorcio y puso una denuncia por maltrato.
El fallo le ha dado la razón. Uno de los informes psicológicos presentados concluye que en la relación predominaba una dinámica de sometimiento y miedo, y que la mujer “vive con ansiedad, angustia, miedo, así como también con vergüenza, culpa e inseguridad”.
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La defensa solicitó la absolución. Como alternativa, sugirió la pena de trabajos en beneficio de la comunidad en vez de cárcel en caso de condena por amenazas. Sin embargo, la jueza dio mayor peso a la evidencia acumulada en contra del acusado.
La jueza ha enmarcado la gravedad de los hechos en la estadística creciente de violencia doméstica en España y ha destacado la necesidad de una respuesta penal contundente para desalentar estos comportamientos. Según ella, un punto crítico ha sido el hecho de que las agresiones se hayan dado en presencia de los hijos, aspecto que “agrava no solo el reproche judicial, sino también el impacto social”.
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