PSOE y Sumar anuncian un acuerdo sobre la ‘ley mordaza’ para derogar los delitos de ofensas religiosas y contra la Corona

Fue la primera iniciativa que el grupo plurinacional llevó al Pleno en esta legislatura y, desde 2023, estaba ‘congelada’ en la Comisión de Justicia

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Imagen de archivo de una carga policial durante una manifestación.
Imagen de archivo de una carga policial durante una manifestación.

El PSOE y Sumar han decidido desbloquear la tramitación de la reforma del Código Penal para suprimir los denominados delitos de opinión, como son las injurias a la Corona, las ofensas a los sentimientos religiosos y los ultrajes a los símbolos nacionales, todos ellos recogidos en la polémica ‘ley mordaza’. Fue la primera iniciativa que el grupo plurinacional llevó al Pleno en esta legislatura y desde entonces, diciembre de 2023, estaba ‘congelada’ en la Comisión de Justicia.

Ambas formaciones han acordado que la Mesa del Congreso ponga fin al plazo de presentación de enmiendas, el cementerio donde acaban muchas iniciativas que no tienen apoyos parlamentarios o que simplemente no le interesa debatir al Gobierno.

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El pacto incluye la derogación de los artículos 491, 496, 525 y 543 del Código Penal y la supresión parcial de los artículos 490 y 504. Entre los cambios concretos figura la eliminación de penas de hasta dos años de prisión y multas de hasta 24 meses vinculadas a injurias, calumnias y ofensas contra instituciones, símbolos y creencias.

El acuerdo, al que ha tenido acceso Infobae, se centra en cinco bloques. El primero contempla la eliminación del régimen penal agravado para las injurias y calumnias dirigidas contra la Corona y los miembros de la Familia Real. En concreto, quedará derogado el apartado 3 del artículo 490, que castigaba con prisión de seis meses a dos años las calumnias o injurias graves al Rey, la Reina y otros miembros de la institución en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas. También “desaparecerá por completo” el artículo 491, que preveía multas de cuatro a 20 meses por calumnias e injurias fuera de esos supuestos y de seis a 24 meses por usar la imagen de miembros de la Corona de forma que pudiera dañar su prestigio.

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El segundo suprime íntegramente el artículo 496 del Código Penal, que castigaba las injurias graves contra las Cortes Generales o una asamblea legislativa de comunidad autónoma cuando estuvieran en sesión o en actos públicos de representación, con multas de 12 a 18 meses.

Sumar y PSOE han pactado mantener el artículo 504, pero eliminarán de su redacción las referencias a calumnias e injurias contra altas instituciones del Estado. La nueva redacción conservará las penas de prisión de tres a cinco años para quienes empleen fuerza, violencia o intimidación para impedir la asistencia a reuniones de miembros del Gobierno, del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del Tribunal Superior de Justicia de una comunidad autónoma o del consejo de gobierno autonómico. También mantendrá las multas de 12 a 18 meses por amenazas graves contra esas instituciones y contra los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

En cuanto al delito de ofensa a los sentimientos religiosos, el acuerdo incluye la eliminación del artículo 525, que imponía multas de ocho a 12 meses a quienes, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hicieran públicamente escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias o vejaren a quienes los profesan o practican. Por último, se suprimirá íntegramente el artículo 543, que castigaba con multa de siete a 12 meses las ofensas o ultrajes de palabra.

Dos años desde el último acuerdo

En julio de 2024, Sumar y el PSOE ya anunciaron un pacto para suprimir los citados delitos de opinión e incorporó además una modificación de la ley orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. El cambio, según defendió entonces el diputado de Izquierda Unida, Enrique Santiago, buscó introducir una “reparación pública” para los casos de instrucciones judiciales prolongadas en las que no llegue a abrirse juicio oral, pero sí se hayan publicado numerosos titulares que afecten al honor o al buen nombre de la persona investigada.

Sumar y PSOE consensuaron eliminar el delito contra los sentimientos religiosos, al entender que el actual artículo 525 del Código Penal ha motivado querellas por parte de colectivos, como Abogados Cristianos, contra representantes del mundo de la cultura y la prensa. Las conversaciones abordaron también la derogación de los delitos contra la Corona (490.3 y 491) —que ha motivado condenas contra artistas como Pablo Hassel y humoristas—, además de las injurias a las altas instituciones del Estado (504), como el caso del Gobierno, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional o al Ejército. Sumar dará más detalles del acuerdo en la rueda de prensa prevista esta tarde, según apuntan fuentes de la formación.

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