Condenan a la revista ‘El Jueves’ por llamar “gilipollas del año” a la presidenta de Abogados Cristianos

La jueza considera el insulto “absolutamente desproporcionado y desvinculado de la idea crítica”

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La presidenta de la Fundación Española de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, atiende a los medios a su llegada a la Audiencia Provincial de Madrid, a 27 de marzo de 2026, en Madrid (España).
(Foto de ARCHIVO) La presidenta de la Fundación Española de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, atiende a los medios a su llegada a la Audiencia Provincial de Madrid, a 27 de marzo de 2026, en Madrid (España). (Isa Saiz / Europa Press)

El Tribunal de Instancia de Valladolid ha condenado a la revista satírica El Jueves y al grupo de comunicación RBA por una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la Fundación Española de Abogados Cristianos, después de nombrar “gilipollas del año″ a su presidenta, Polonia Castellanos. El juzgado ha ordenado asimismo retirar la sección “Gilipollas del año 2024” de la publicación El Jueves del número de enero del 2025.

La resolución judicial ha estimado parcialmente la demanda de Abogados Cristianos contra El Jueves, que se verá obligado a publicar el fallo de la sentencia en su próximo número. La fundación reclamaba una vulneración del derecho al honor en una viñeta publicada contra Castellanos, a quien llamaban “gilipollas del año”.

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La sentencia se refiere a la última viñeta de esta sección anual, en la que se refieren a Castellanos como “gilipollas, pero no gilipollas de tontos, sino gilipollas de malvados, de mezquinos, de personas egoístas que solo buscan enfangar el bien común”. La jueza considera que estas expresiones sobrepasan el ámbito de la libertad de expresión, amparado constitucionalmente, y no eran más que un insulto “absolutamente desproporcionado y desvinculado de la idea crítica que se transmitía al llamar ‘gilipollas’”.

Una viñeta vulneró el derecho al honor de Castellanos

La entidad Abogados Cristianos argumentó durante el procedimiento que la mención como “gilipollas del año” no se enmarcaba dentro de una sátira legítima, sino en un entorno de “menosprecio personal”, lo que a su juicio respondía a una “clara intención de ofender y humillar” a su presidenta. Se reclamaba por ello una indemnización inicial de 12.000 euros a El Jueves. En sus alegaciones, la asociación sostenía que “la expresión ‘gilipollas del año’ carece de interés informativo y no puede ampararse en la libertad de expresión”. Asimismo, recalcaban que “los juicios de valor (como calificar a Polonia Castellanos Flórez y la Fundación como egoístas, gilipollas, estafadores o afirmar que tiene un ego desmedido) utilizan un lenguaje claramente insultante e innecesario”.

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Finalmente, el procedimiento se ha centrado en una viñeta de toda la sección. en la que se leía en referencia a Castellanos: “Así que sí, gilipollas, pero no gilipollas de tontos, sino gilipollas de malvados, de mezquinos, de personas egoístas que solo buscan enfangar el bien común”. El juicio se celebró el 9 de febrero, y en esa vista la Fiscalía consideró que hubo vulneración del derecho al honor al entender que la viñeta traspasaba el límite de la libertad de expresión.

La jueza ha concordado con esta interpretación y ha recalcado que la publicación no goza del derecho a insultar, incluso aunque el destinatario del insulto ostente un cargo relevante. Por todo ello, El Jueves deberá abonar una indemnización de 2.000 euros a la Fundación Abogados Cristianos y otra de 4.000 euros a su presidenta, por los daños y perjuicios causados.

El fallo, no obstante, considera que el resto de la sección publicada por El Jueves permanece dentro de los márgenes admitidos por el contexto satírico. La sentencia no es firme, por lo que la revista podrá apelar si lo desea.

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