
La Comisión de Trabajo del Congreso examina este miércoles una ley que puede cambiar la situación de decenas de miles de profesionales: la proposición que crea una pasarela al RETA para abogados, arquitectos, ingenieros y otros colegiados que durante años cotizaron en mutualidades alternativas al sistema público de Seguridad Social.
La pasarela es un mecanismo legal que permite a estos trabajadores trasladar el dinero acumulado en su mutualidad a la Tesorería General de la Seguridad Social, de forma que esos años cotizados cuenten a efectos de jubilación dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Muchos de estos profesionales llevan años reclamando esa vía de salida: denuncian que las mutualidades les dejaron atrapados en un sistema de protección insuficiente, con pensiones que en algunos casos no superan los 300-400 euros mensuales, sin revalorización ni complementos.
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La proposición, impulsada por el PSOE y admitida a trámite en mayo de 2025 con el apoyo del PP, superó incluso una enmienda de totalidad de Vox. Tardó casi un año en llegar al debate de su articulado. El 28 de abril de 2026 superó la fase de ponencia con el voto favorable del PSOE y la abstención del resto de grupos y hoy afronta su votación en comisión, el penúltimo escalón antes del Pleno del Congreso y su posterior tramitación en el Senado. Estas son las claves del texto.
Qué cambia exactamente y quién puede acogerse
El texto modifica la Ley General de Seguridad Social para establecer que, a partir del 1 de enero de 2028, quienes ejerzan su actividad por cuenta propia deberán solicitar de forma obligatoria el alta en el RETA. La fecha se aplazó un año durante la ponencia: el texto original fijaba el umbral en 2027. De darse su aprobación, la transferencia de los derechos económicos acumulados en las mutualidades a la Tesorería General de la Seguridad Social se articulará de forma reglamentaria, tomando como referencia la base mínima de cotización que habría correspondido al trabajador en el RETA, actualizada al IPC y con un coeficiente de mejora de 0,77 para compensar las contingencias no cubiertas.
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El Gobierno tendrá hasta el 31 de diciembre de 2027 para presentar ante las Cortes un informe de evaluación sobre el régimen de alternatividad, con datos desglosados por colectivos profesionales y mutualidades. Ese informe servirá de base para un posterior proyecto de ley que podría revisar la fecha de integración definitiva en el RETA.

Además, la ley rebaja los requisitos de acceso respecto a versiones anteriores del texto. Desaparece la obligación de estar en activo como profesional colegiado el 31 de diciembre de 2022 y tampoco será necesario haber estado suscrito a una mutualidad antes del 1 de enero de 2013. Se mantiene, no obstante, la condición de no ser pensionista de ningún régimen público ni de la propia mutualidad alternativa, con la única excepción de quienes perciban una pensión de viudedad.
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Cuánto tendrán que aportar y cómo se computan los años cotizados
Las cuotas que las mutualidades abonan como alternativas al RETA subirán de forma escalonada: 86% en 2026, 93% en 2027 y 100% en 2028. La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) propuso este martes que la aportación mínima equivalente se fije en 226,38 euros mensuales (2.716 euros anuales), resultado de aplicar el coeficiente reductor del 0,77 a la cuota de un autónomo en la base mínima del RETA, que ronda los 294 euros al mes. Según Eduardo Abad, presidente de UPTA, el sistema debe ofrecer soluciones a los profesionales “atrapados en mutualidades insuficientes, pero sin generar privilegios ni desequilibrios respecto a los autónomos que han cotizado toda su vida en el RETA”.
Para los mutualistas mayores de 55 años a 31 de diciembre de 2025, cada mes cotizado en la mutualidad alternativa contará como un mes de alta en el RETA a efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación, siempre que se acceda con la edad ordinaria exigida. Quienes hayan causado baja en una mutualidad antes de que esta aplicara un sistema de capitalización individual y no alcancen 15 años de cotización en la Seguridad Social podrán suscribir un convenio especial por una única vez, con el que computar hasta cinco años adicionales de actividad anterior.
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Los mutualistas piden ajustes a la ley
La Asociación Nacional de Mutualistas Arquitectos (ANMARQ), la Asociación Nacional de Afectados por Mutualidad de la Abogacía (ANAMA) y la Asociación Riojana de Mutualistas Sustitutivos (AMCO) denunciaron ante la Comisión de Trabajo que el texto contiene “errores graves y exclusiones injustificadas”. Entre sus críticas, señalan que la ley deja fuera a todos los mutualistas ya jubilados, muchos de los cuales perciben entre 300 y 400 euros mensuales de pensión sin revalorización ni complementos a mínimos.
Cuestionan también la exclusión de quienes acumulan 15 años de cotización en el RETA o en el régimen general y defienden que el coeficiente recogido en el texto “no es un privilegio, sino una corrección técnica”. “Los mutualistas no solicitan ventajas ni tratos de favor (...) reclaman una reforma completa y universal, justa”, concluyen en su comunicado.
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