
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis meses de prisión para un sargento primero del Ejército de Tierra por abuso de autoridad y maltrato contra una soldado bajo su mando. La sentencia, dictada el pasado 16 de abri, ha establecido la suspensión militar de empleo, la suspensión de cargo público y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el periodo de condena.
Los hechos que motivaron la condena ocurrieron el 15 de diciembre de 2022, al finalizar el acto de relevo del jefe del Regimiento de Infantería “Garellano” nº 45. Durante la celebración posterior, la soldado, destinada en la USAC “Soyeche”, prestaba servicio de atención en las mesas tras la celebración de un acto oficial. Solicitó permiso en varias ocasiones para dejar unas jarras en la mesa donde se encontraba, entre otros, el sargento primero.
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Ante la falta de respuesta, tocó el brazo del suboficial para poder cumplir con su tarea, lo que desencadenó una reacción airada por parte del sargento, quien la reprendió públicamente. Posteriormente, según los hechos probados, el oficial siguió a la soldado, la agarró bruscamente por el brazo y la giró con fuerza, insistiendo en que no tenía derecho a tocarle.
La sentencia relata que, tras el incidente, la soldado se apartó de la zona y se puso a llorar debido a la angustia que le produjo la situación. De inmediato, comunicó lo ocurrido a su superior, el subteniente, quien se dirigió al sargento y le pidió explicaciones.
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Sus compañeros corroboraron el relato
El Tribunal Supremo ha considerado acreditada la versión de la soldado, corroborada además con las declaraciones de otros testigos presenciales de la unidad. La sentencia ha resaltado que estos testimonios coinciden en lo esencial respecto al comportamiento del suboficial y el impacto emocional que sufrió la víctima tras el incidente.
El proceso judicial se inició tras la denuncia presentada por Miriam y concluyó, en primera instancia, con la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Militar Territorial Cuarto el 21 de octubre de 2025. La suboficial denunciada recurrió la decisión alegando vulneración de la presunción de inocencia, dilaciones indebidas en el procedimiento y la indebida imposición de penas accesorias.
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El Tribunal Supremo, en su sentencia del 16 de abril de 2026, ha rechazado todos los argumentos del recurso. Considera que hubo pruebas suficientes contra el acusado, que el proceso no se demoró de forma injustificada y que las penas impuestas son correctas según la ley.
El tribunal ha recordado que la resolución es firme en el ámbito militar ordinario y no contempla la posibilidad de nuevos recursos en esta vía. Las costas del proceso se han declarado de oficio, en cumplimiento de la normativa sobre justicia militar.
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