
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un cabo del Ejército de Tierra por cometer una imprudencia que produjo un accidente que dejó a cuatro soldados heridos. El incidente ocurrió el pasado 6 de septiembre de 2022 en el Polvorín de “El Renegado”, mientras este militar se encontraba al mando de un vehículo en el Acuartelamiento del Regimiento de Ingenieros nº 7 de Ceuta.
Según la sentencia, el cabo Jenaro arrancó el vehículo, quitó la marcha atrás y, con el motor encendido y el freno de mano puesto, abandonó el puesto de conductor para ayudar a cargar material en la parte trasera. En ese momento, varios soldados comenzaron a subir al vehículo. Mientras los soldados ocupaban sus puestos y subía el último, el vehículo inició el descenso sin conductor al volante, arrastrando una motocicleta y provocando que los ocupantes saltaran en marcha.
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Cuatro militares resultaron heridos, uno de ellos con lesiones de gravedad que requirieron hospitalización. El balance incluyó diversas lesiones: desde politraumatismos y cervicalgias hasta una herida abierta en el cuero cabelludo, con bajas médicas que se prolongaron hasta noviembre de ese año. El militar ha sido condenado a tres meses y un día de prisión, suspensión de empleo militar y la inhabilitación para ejercer cargo público y sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
El Supremo ha considerado que la actuación del cabo supuso una infracción del deber de cuidado exigible, al abandonar el control del vehículo militar en una pendiente pronunciada y con el motor encendido.
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No fue un fallo mecánico, sino un “encadenamiento de decisiones”
El tribunal subraya que, aunque el acusado cumplió rutinas habituales como colocar piedras en las ruedas delanteras y comprobar el freno de mano, su decisión de quitar la marcha atrás y alejarse del puesto de conducción dejó el vehículo sin los sistemas de retención esenciales. Además, ha recalcado el tribunal, no hubo posibilidad de reacción inmediata ante cualquier imprevisto.
La sentencia ha descartado que el accidente se debiera a un fallo mecánico, como argumentó la defensa, y atribuye las lesiones sufridas por el cabo Patricio y los soldados Ángel Daniel, Pedro Antonio y Mauricio al encadenamiento de decisiones del conductor. La Sala destaca que el resultado lesivo era objetivamente previsible, y rechaza que la ausencia de episodios similares en el pasado exima de responsabilidad ante un descuido tan relevante.
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Por otro lado, el tribunal ha resuelto que no procede exigir responsabilidad civil al condenado por los daños materiales del vehículo militar, al no haber sido objeto de acusación específica por ese concepto. La sentencia deja como última palabra la confirmación íntegra de la condena y el cierre del procedimiento en la jurisdicción militar.
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