Un tribunal retira a una madre el uso de la vivienda familiar porque vive en ella con su nueva pareja, pero mantiene la pensión alimenticia para los tres hijos

El hombre gana cerca de 100.000 euros al año, y la mujer más de 200.000

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Qué ocurre con la vivienda familiar tras un divorcio: las claves que da el Tribunal Supremo
Qué ocurre con la vivienda familiar tras un divorcio.

En los divorcios, suele haber dos grandes puntos de controversia: los hijos y la casa. Por eso es habitual que, cuando se tienen niños o viviendas en común, la separación termine en los tribunales y un juez termine imponiendo los términos del acuerdo. Sin embargo, a menudo esto no es el final de las discusiones: hay apelaciones y nuevos juicios, sobre todo cuando las circunstancias van cambiando: cuando los hijos empiezan a trabajar y ya no necesitan (en teoría) la pensión alimenticia... o cuando uno de los excónyuges se echa una nueva pareja.

Es lo que ha ocurrido en este caso que ha resuelto la Audiencia Provincial de Madrid, que ha decidido dejar sin efecto la exclusividad de uso de la vivienda familiar que tenía una mujer, ordenando que la abandone antes del 1 de septiembre de 2026.

Su exmarido había llevado el caso a los tribunales tras contratar a un detective privado para probar que la mujer estaba viviendo en la casa con una nueva pareja, lo que implicaba un “cambio sustancial” de las condiciones acordadas en el divorcio. Los detectives documentaron que la nueva pareja usaba sus propias llaves, paseaba al perro familiar y charlaba con los vecinos, por lo que el tribunal consideró probado que residía habitualmente en la vivienda.

Y, según la sentencia, la presencia estable de una nueva pareja cambia el carácter de la vivienda, que originalmente fue atribuida a la madre y los hijos. En función de esto, el tribunal dispuso que la mujer pierda el uso exclusivo de la vivienda y determinó que a partir del 1 de septiembre de 2026 el usufructo se transfiera al exmarido.

Desafíos de la maternidad en el divorcio

Los dos suman 300.000 euros al año

Otro punto de controversia era la pensión de alimentos que el padre les pasaba cada mes a los hijos. La mujer reclamó que se mantuviera y solicitó aumentar el monto a 500 euros por hijo, señalando que ahora los tres hijos cursan estudios privados con un coste superior a 10.000 euros anuales cada uno. Argumentó que el padre duplicó sus ingresos, pues trabaja como piloto comercial y recibe doble salario: uno de la reserva militar y otro de una aerolínea.

En el documento judicial se detalló que, en el momento del divorcio, el hombre tenía un ingreso de 40.000 euros brutos anuales como capitán del Ejército del Aire. Actualmente, según el fallo, gana cerca de 100.000. Pero también se reveló un fuerte incremento de ingresos de la mujer, quien pasó de recibir 120.000 euros brutos en 2011 a 223.019 euros en 2023, casi el doble.

A pesar del aumento de gastos y la elevación de los ingresos familiares, la sala optó por mantener la suma existente, con el argumento de que ambos mejoraron económicamente en proporción. Además, los gastos extraordinarios de los hijos, como la universidad, seguirán distribuyéndose mitad y mitad.

Un punto central del fallo fue la situación del hijo mayor. La sentencia anterior había suspendido la obligación del padre de pagar la manutención, argumentando una “falta de relación” entre ambos. Pero la apelación reclamó que no estaba probado que esa ruptura fuese solo culpa del joven. El tribunal citó doctrina nacional y sostuvo que “es necesario que la falta de relación sea principalmente atribuible al hijo” para liberar al padre de pagar alimentos. Por ello, la sala ordenó restablecer la pensión alimentaria en su favor.

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