El juez Juan Carlos Peinado ha procesado a Begoña Gómez, cerrando la instrucción que se abrió hace dos años tras una denuncia presentada por el colectivo Manos Limpias, señalando a la esposa del presidente del Gobierno como presunta responsable de varios delitos relacionados con su actividad en la Universidad Complutense de Madrid desde la llegada de Pedro Sánchez a la presidencia del Gobierno. Gómez habría, según la acusación, expandido rápidamente su red profesional y de influencia, especialmente después de haber asumido la dirección del IE África Center y su papel en el Máster de Fundraising en la Universidad Complutense (UCM).
Desde 2012, Gómez ha participado como codirectora en cursos y másteres relacionados con la captación de fondos y la transformación social. Por estas actividades, percibió 40.000 euros en una década, de los cuales 8.000 corresponden a los años anteriores a que su marido accediera a la presidencia. En 2020, asumió la codirección de la Cátedra para la Transformación Social Competitiva (TSC), una función por la que no recibió retribución directa, según han confirmado varios testigos.
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Los ingresos de Gómez en la Universidad Complutense de Madrid fueron limitados, con un saldo total de 21.000 euros en cuentas del BBVA y una retribución máxima de 15.000 euros anuales por los dos másteres que impartía, al no ser funcionaria del centro.
El magistrado propone que sea un jurado popular quien valore los hechos y, en un extenso auto, desarrolla la hipótesis de que Gómez habría utilizado su posición para obtener ventajas profesionales y económicas, aunque la investigación - que ha incluido el análisis de las cuentas bancarias de Gómez, la revisión de sus ingresos y la investigación de denuncias sobre supuestas cuentas en la República Dominicana y Turquía - no ha hallado pruebas concluyentes que respalden estas acusaciones.
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Corrupción en los negocios
El juez Peinado sostiene que la captación de fondos para la Cátedra TSC no respondía a un sistema de patrocinio universitario convencional, sino que podría haber encubierto una retribución a cambio de ventajas en futuras adjudicaciones públicas.
La financiación inicial de la cátedra vino de entidades como Reale Seguros, Fundación la Caixa, Indra, Google y Telefónica , con aportaciones que sumaron más de 250.000 euros destinados al desarrollo de un software de acceso gratuito para empresas. No se ha podido demostrar que las compañías colaboradoras hayan obtenido ventajas ni un trato preferente en concursos públicos.
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Apropiación indebida
El auto recoge la sospecha de que Begoña Gómez podría haberse apropiado de fondos privados que captaba para la cátedra, integrándolos en su patrimonio personal. Sin embargo, la investigación patrimonial no ha encontrado rastro de esta apropiación, y tanto la Fiscalía como la defensa han confirmado que todas las donaciones se ingresaron en cuentas de la universidad y no en cuentas personales de Gómez. La Fiscalía ha reiterado, en este sentido, que no se han hallado pagos sospechosos ni irregularidades en el proceso de financiación.
Tráfico de influencias
Otra de las acusaciones clave se basa en una carta de apoyo firmada por Gómez para una unión temporal de empresas vinculada al empresario Carlos Barrabés, presentada en procesos de licitación pública. Este tipo de cartas, idénticas a otras 32 firmadas por responsables institucionales, se consideran para la acusación una muestra de posible trato de favor, aunque el propio informe inicial de la Guardia Civil descartó la existencia de tráfico de influencias. La investigación de estas adjudicaciones ha pasado a la Fiscalía Europea, que no imputa a Gómez y la ha citado únicamente como testigo.
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Malversación de caudales públicos
El juez también sostiene la posible existencia de un delito de malversación por el uso de la figura del asistente de la esposa del presidente, una práctica habitual en la Moncloa y en anteriores gobiernos. La persona que desempeñaba esa labor, Cristina Álvarez, habría dedicado parte de su jornada a tareas relacionadas con la cátedra, aunque según los cálculos de la defensa, este tiempo se reduce a unas pocas horas anuales. Por otra parte, la jurisprudencia existente solo considera responsables del delito de malversación a quienes tienen capacidad de decisión sobre los fondos públicos (y no a sus beneficiarios), condición que no concurriría ni en Gómez ni en su asistente.
El auto, de 39 páginas, también procesa a Cristina Álvarez y a Carlos Barrabés, aunque en el caso de este último solo por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Por otro lado, el juez ha archivado el delito de intrusismo profesional, que atribuía a Gómez por firmar documentos técnicos a petición expresa de la universidad.
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El procedimiento sigue su curso tras la decisión de Peinado, quien ha dado cinco días a las partes para presentar sus escritos de calificación. El auto ha sido recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid, que aún debe pronunciarse sobre los recursos presentados.
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