
De norte a sur, España cuenta con extensos y maravillosos espacios naturales y rurales. Así, miles de personas se recorren senderos de diferentes dificultades o van hasta parques naturales, cascadas o piscinas naturales para disfrutar del aire puro de las montañas. Muchos de ellos, como no puede ser de otra forma, van acompañados por sus perros que, en algunas ocasiones gozan mucho más de esta experiencia.
No obstante, los dueños deben asegurar un acceso responsable y respetuoso con la fauna y la flora. Pese a que en España no se ha elaborado una normativa específica para estos casos, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales concibe en uno de sus puntos este escenario. Además, las propias Comunidades Autónomas, así como los recintos protegidos, cuentan con su propio reglamento.
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Concretamente, el apartado d del artículo 25 de la Ley 7/2023 establece que está prohibido “dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público, especialmente en los parques nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural", se lee.

Los escenarios donde hay que vigilar especialmente a nuestro perro
De este modo, bajo el yugo de la normativa vigente desde 2024, quienes paseen perros deben mantenerlos sujetos en todo momento en parques nacionales, cañadas y zonas protegidas donde puedan causar daños a personas, ganado o fauna silvestre. Aunque la normativa nacional se complementa con las directrices de cada comunidad autónoma, siempre se deben cumplir tres principios básicos, según lo recogido en Mundo Animalia: asumir “la responsabilidad de las acciones de tu perro y la tuya propia”, respetar “a las personas que también disfrutan del medio natural y los espacios públicos” y cuidar “el medio ambiente, su flora, fauna y los hábitats protegidos”.
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Igualmente, la plataforma de anuncios de mascotas ha señalado otras situaciones en las que hay que tener especial cuidado. Entre ellas hay que tener siempre una correa corta en campos con ganado de vacuno o equino y, si es posible, evitar estos terrenos. Asimismo, si estás cerca de ovejas u otros animales menores, hay que mantener al can atado y en silencio. En zonas de cría de aves protegidas, especialmente entre marzo y julio, la correa es obligatoria para no perturbar la fauna.
Al pasear con tu perro por el monte, es fundamental alejar a los perros de embalses y fuentes de agua pública para prevenir riesgos sanitarios. Del mismo modo, en áreas agrícolas, es recomendable limitar el paso a senderos autorizados y recoger sus excrementos.
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Normativa para perros en el Parque Nacional de Picos de Europa
En los parque naturales más importantes de España se encuentran los Picos de Europa, que recogrren el norte cantábrico de la península. Como dueño de un can hay que tener en cuenta que la normativa en estos espacios protegidos suele ser más estricta que en un monte corriente. Por ello, si decides acudir a uno en específico, lo más recomendable es revisar su reglamento de acceso.
En este caso, Picos de Europa exige que todos los perros de visitantes deben ir sujetos con correa fija, que no supere los 1,20 metros. De este modo, queda prohibido el uso de correas extensibles y llevar perros sueltos bajo cualquier circunstancia. Esta obligación, señalizada en numerosas zonas del parque, se refuerza desde la entrada en vigor de la Ley 7/2023.La Ruta del Cares es uno de los espacios donde la normativa es especialmente estricta, dada la peligrosidad del entorno y el riesgo de accidentes derivados del descontrol de animales.
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También, hay que tener en cuenta que en el parque operan perros de guarda de rebaños, principalmente mastines, que están autorizados a permanecer sueltos porque su función es proteger al ganado frente a posibles ataques de fauna silvestre. Estos animales no deben ser acariciados ni alimentados, ya que esto puede afectar a su comportamiento y a su capacidad para cumplir su función.
En caso de encuentro con perros de guarda, se recomienda evitar atravesar rebaños y mantener la distancia. Si el perro se acerca, lo aconsejable es mantener la calma y no intentar interactuar con él. Si se va acompañado de un perro, debe ir atado y alejarse del ganado. Ante cualquier incidente, se debe informar a SEPRONA o a los agentes del parque, según solicitan en su web.
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Consecuencias de no respetar la normativa
La Ley 7/2023 establece un régimen sancionador para quienes incumplan las obligaciones relativas al control y bienestar animal en España. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, según la naturaleza y las consecuencias de la acción u omisión. Las infracciones leves incluyen conductas que no provocan daños físicos ni alteraciones en el comportamiento del animal, como no cumplir con las obligaciones básicas de control o cuidado. Estas pueden sancionarse con apercibimiento o multas que oscilan entre 500 y 10.000 euros.
Las infracciones graves implican daños o sufrimiento para el animal, sin llegar a causar la muerte ni secuelas graves, o la reiteración de infracciones leves en tres años. Las sanciones para estas conductas van desde los 10.001 hasta los 50.000 euros. La reincidencia en infracciones leves elimina la posibilidad de sanción solo con apercibimiento, pasando directamente a la multa económica.
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Estas infracciones pueden ser denunciadas en el ámbito rural por los agricultores. Asimismo, pueden solicitar la intervención en caso de presencia de perros peligrosos o agresivos, con el fin de proteger su ganado y evitar conflictos en el entorno natural. Este reglamento destina todos los ingresos obtenidos a iniciativas para la protección animal.
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