
Tras la muerte de su padre, dos hermanos descubrieron por sorpresa que habían sido desheredados en favor de su hermana. Fue en la lectura del testamento, después de la cual se abrió un conflicto familiar que se acabó trasladando a los tribunales. Además de las relaciones familiares, también estaba en juego la continuidad de las tierras que habían cultivado durante generaciones.
Por eso, y tras llevar el testamento a los tribunales, la Audiencia Provincial decidió intervenir de manera provisional para evitar que los terrenos quedaran abandonados. Según la resolución, una de las hijas desheredadas asumió temporalmente la gestión de las fincas mientras se resolvía judicialmente la validez del testamento. Y, con esta medida, se revocó la decisión inicial del juzgado de primera instancia, que no había previsto la posibilidad de que los cultivos quedaran sin mantenimiento, lo que conllevaría una pérdida de valor y productividad.
Sin embargo, la hija designada como administradora judicial tuvo que depositar 1.000 euros como garantía antes de hacerse cargo de la gestión de la herencia. Con esta decisión, se aseguró que el patrimonio familiar siguiera generando recursos mientras se determinaba si la desheredación era legítima.
El conflicto familiar y judicial tras la desheredación de dos hijos
La ruptura familiar se remonta a la primavera de 2019. El 28 de mayo de ese año, el padre formalizó el testamento en el que desheredaba expresamente a dos de sus hijos, y nombraba como heredera universal a una de sus tres hijos. Pocos días antes, el 13 de mayo, falleció la madre de los tres hermanos, sin que se hubiera liquidado la sociedad de gananciales con su esposo.
Cuando el padre falleció, el 6 de noviembre de 2024, las tierras y demás bienes familiares quedaron en una especie de limbo. La designación de una única heredera desató la reacción inmediata de sus hermanos, que impugnaron el testamento y pidieron medidas urgentes para evitar que las fincas quedaran sin explotación, con el riesgo de perder su valor agrícola y económico.
El primer intento de los hijos desheredados para que la justicia interviniera fue rechazado por el juzgado de primera instancia el 28 de abril de 2025. El tribunal consideró que no se daban los requisitos para aplicar una medida tan extraordinaria como la administración judicial provisional. No obstante, la falta de gestión efectiva de las fincas debido al conflicto sucesorio llevó a los hermanos a presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en junio de 2025.
La hija desheredada se queda con la gestión provisional
Así, el 20 de noviembre de 2025, la Audiencia Provincial dio un giro a la situación familiar. El tribunal estimó que existía un riesgo real de abandono y deterioro de los bienes, y concedió a la hija desheredada la administración judicial de todos los bienes del padre, previa caución de 1.000 euros. La resolución la obligaba a elaborar un inventario y garantizar la conservación de las tierras mientras se resolvía el pleito principal sobre la validez del testamento y la causa de la desheredación.
El Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), responsable de la publicación de la jurisprudencia española, altera los nombres reales en las sentencias para proteger la privacidad, en aplicación del Reglamento 5/1995 de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, aprobado por resolución del Consejo General del Poder Judicial en 1997.
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