El Gobierno catalán ha presentado este sábado cuatro documentos jurídicos que respaldan la restricción a la compra especulativa de vivienda, una medida que el grupo parlamentario Comuns habia señalado como imprescindible para apoyar los presupuestos autonómicos. En un contexto de fuerte escalada de precios, la formación política catalinista exigía al Ejecutivo de Salvador Illa intervenir en el mercado para limitar la adquisición de inmuebles no destinados al uso residencial propio.
La iniciativa surge de un grupo de trabajo creado en noviembre de 2025, donde participaron juristas y especialistas en vivienda, entre ellos el exmagistrado del Tribunal Constitucional Carles Viver i Pi-Sunyer y los expertos Rosa Fornas, Fuensanta Alcalá, Pablo Feu y Jaime Palomera. Este equipo ha analizado las posibilidades legales para frenar la adquisición de viviendas con fines ajenos a la residencia habitual y ha concluído que la Generalitat tiene potestad para aplicar las restricciones.

Ante las nuevas evidencias de la legalidad de la prohibición de compra, la presidenta de Comuns en el Parlamento de Cataluña, Jéssica Albiach, ha pedido “valentía y voluntad política” para actuar en consecuencia. La política catalana ha añadido que “hay una realidad objetiva de extrema urgencia” en la situación actual del mercado de vivienda en la comunidad autónoma por culpa de “los comportamientos especulativos de unos pocos”.
La “necesidad de intervención” justifica la medida
Uno de los principales informes, firmado por Viver i Pi-Sunyer, sostiene que las comunidades autónomas tienen la capacidad constitucional de imponer límites a la propiedad privada mediante el derecho administrativo. El texto subraya que el marco legal actual otorga a los legisladores “un amplísimo margen de libertad” para establecer restricciones, incluso en relaciones entre particulares. El dictamen pone el énfasis en el principio de concurrencia competencial, que legitima al Govern a actuar en la regulación del mercado inmobiliario, siempre que se utilicen instrumentos previstos en el ordenamiento jurídico vigente.
El abogado Pablo Feu ha elaborado un segundo informe que asocia la intervención pública en el mercado inmobiliario con el cumplimiento del artículo 47 de la Constitución, que reconoce el derecho a la vivienda. Feu argumenta que la “necesidad perentoria de intervención” se justifica por la advertencia de la Unión Europea sobre los efectos de la especulación y se trata de “una forma de intervención administrativa plenamente válida y amparada expresamente por el ordenamiento urbanístico”.
En otro de los documentos, el investigador Jaime Palomera concluye que condicionar la compra de vivienda para uso residencial está “justificado especialmente en mercados tensionados”. El estudio de Palomera resalta que “implica desplazar la demanda especulativa que compite con el acceso a la vivienda y no contribuye a resolver la necesidad residencial”.
La jurista Fuensanta Alcalá, por su parte, firma un cuarto informe que concluye que limitar la compraventa para evitar la especulación es “jurídicamente viable” y se integra de manera coherente en la normativa vigente. Alcalá afirma que no se detecta “ninguna vulneración constitucional apreciable” en la propuesta.
Condición previa para el acuerdo
A partir de los resultados de estos informes, la conselleria de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, dirigida por Sílvia Paneque, y el grupo de Comuns trabajarán en un acuerdo legislativo para regular la compra de vivienda en “zonas de mercado residencial tensionado”. El Govern señala que el mercado residencial catalán sufre un “desequilibrio estructural”, resultado de una demanda sostenida y al alza, junto a la falta de parque residencial público y de vivienda asequible. Este contexto impulsa la intervención pública, fundamentada en los artículos 47, 33 y 128.1 de la Constitución y el artículo 47 del Estatut.
*Con información de agencias
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