
Los delitos vinculados al maltrato animal están cada vez más regulados. Uno de los últimos casos ha sucedido en Jaén. A pesar de haber ocurrido en Santiago-Pontones en 2022, ha sido ahora cuando ha salido a la luz junto a su resolución. Un hombre cogió un palo y golpeó fuertemente a una cría de jabalí hasta provocarle la muerte en el Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas.
La especie silvestre y autóctona de la zona solo pesaba tres kilos. Todo sucedió delante de las familias con niños que se limitaban a observar a los animales, como es habitual en ese entorno natural donde suelen estar. El atacante saltó la valla que divide el hábitat con la zona peatonal y fue directamente a por ella. El hombre aseguró que la cría quería atacarle y él solamente quería defenderse. Los testigos han asegurado que los animales solo estaban comiendo y nada más.
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Ahora el hombre se enfrenta a consecuencias legales que ya están confirmadas e incluso a la posibilidad de nuevas medidas. La fiscalía asegura que hay un delito que no se ha tenido en cuenta y que puede agravar la pena encarecidamente. Asegurando que estos actos son graves y hay que asumir todas las consecuencias.
Las consecuencias legales
El Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado al pago de una multa de 2.700 euros al hombre como autor de un delito contra la fauna por haber matado con violencia a la cría de jabalí. Además de la multa, la sentencia le condena a tres años de inhabilitación para la caza y pesca, así como indemnizar a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul con 578 euros, que es en lo que se ha valorado la cría de jabalí.
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A pesar de haber intentado argumentar que fue en defensa propia, hay hechos probados. El acusado se subió a la alambrada diciendo que una de las crías era para él y que se lo comería esa noche. Seguidamente, levantó la alambrada y cuando se acercó la cría la emprendió a palos con ella. Cuando la mató, en presencia de menores de edad, acudió a un local cercano para pedir una bolsa y llevárselo.
Los testigos llamaron a la Guardia Civil y el caso ha acabado en una sentencia condenatoria que no es firme y que se puede recurrir en apelación ante la Audiencia de Jaén.
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La posibilidad de agravar la pena
La novedad es que la Fiscalía ya ha anunciado su recurso para pedir que se agrave la pena por no haberse tenido en cuenta que el delito se cometió en un espacio natural protegido, tal y como recoge el Código Penal. Por lo que las sanciones no han hecho más que empezar y el hombre no va a salir impune de este acto tan imprudente.
La pena por cometer un delito en un espacio natural protegido en España puede incluir de uno a cuatro años de prisión y una multa de doce a veinticuatro meses de prisión, según el artículo 330 del Código Penal. Esta pena se aplica a quien dañe gravemente algún elemento que sirva para calificar dicho espacio. Además de las penas de prisión y multa, también pueden imponerse otras sanciones, como inhabilitaciones para ejercer ciertos trabajos o profesiones.
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