
El pago de los días festivos trabajados es una de las dudas más habituales entre quienes desempeñan actividades profesionales en España, especialmente en sectores donde la actividad no se detiene por calendarios o fiestas señaladas. Por este motivo, el abogado laboralista Juanma Lorente, conocido en redes sociales bajo el nombre de usuario @juanmalorentelaboralista, ha explicado en un video subido a TikTok cuáles son los derechos laborales vinculados a los trabajos en días festivos y cuáles son las condiciones bajo las que una empresa puede exigir a sus empleados que acudan en jornadas de descanso oficial.
Según ha relatado Lorente, “realmente no” existe una obligación general de trabajar los festivos, “a no ser que venga esta obligación reflejada en tu contrato o en tu convenio colectivo”. Así, quienes cuentan con un contrato estándar, de lunes a viernes, y no tienen estipulaciones específicas, mantienen el derecho a disfrutar de los festivos anuales sin carga laboral. En otras palabras, la normativa otorga a los trabajadores días de descanso obligatorio coincidiendo con los festivos oficiales del calendario laboral.
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Qué trabajadores pueden reclamar un recargo salarial o reedición del cuadrante laboral
El experto ha recalcado que existen sectores donde, por la naturaleza del trabajo, sí resulta habitual la prestación de servicios en días festivos. En palabras del propio Lorente: “Hay trabajadores, como por ejemplo la hostelería, que sí están obligados a trabajar los festivos porque o bien viene reflejado en su contrato o bien viene reflejado en su convenio colectivo”, algo bastante común, según lo que señala el experto. Por eso, “si es así y te han contratado, por ejemplo, para trabajar los festivos, pues sí, lo siento. Tendrás que trabajar”, ha sostenido el abogado al inicio del video.
Por otro lado, el pago que corresponde por el desempeño en un festivo es otro de los temas abordados en su mensaje. El abogado ha insistido así en que la legislación y los convenios colectivos regulan la cuantía exacta, aunque existe una referencia mínima extendida en la práctica: “Como mínimo se suele cobrar un recargo del setenta y cinco por ciento respecto a un día normal”, ha aclarado. Por este motivo, “eso de meterte los festivos en tu nómina como si fuese un día normal no se puede”, ha subrayado.
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En cuanto a las estrategias que pueden adoptar las empresas con el fin de evitar el pago del recargo por festivo, Lorente lo ha dejado claro y advierte sobre la elaboración de cuadrantes que asignan el descanso siempre durante los días festivos: “Si la empresa hace esto queriendo, hace los cuadrantes con mala idea para que tu descanso siempre coincida con los festivos, le podrás reclamar porque tampoco es legal”, les ha afirmado a sus seguidores.
Esta práctica, dirigida a aprovechar la flexibilidad del calendario sin respetar los derechos de descanso en festivos, puede motivar reclamaciones judiciales. Por lo que, el abogado ha concluido su explicación invitando a los trabajadores a estar atentos a sus calendarios laborales y a consultar su convenio colectivo en caso de dudas.
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