
La ruptura de una vida compartida va más allá del fin de la convivencia. Los trámites legales que acompañan un divorcio, a menudo involucran a descendientes y bienes materiales sobre los que es difícil legislar. Este es el caso de una pareja andaluza que quedaron enfrentados por el uso de la vivienda familiar y la pensión alimenticia del hijo mayor. El punto y final a una relación compleja lo puso un tribunal provincial que selló el final de la disputa al denegar las peticiones de la mujer: ni uso exclusivo de la casa ni pensión alimenticia.
Tras el divorcio, Guadalupe y Alejandro quedaron enfrentados por el uso de la vivienda familiar, vacía y deteriorada a día de hoy, y la pensión alimentaria para el hijo mayor de ambos. Un tribunal provincial, en Cádiz, desestimó la apelación de la madre, quien solicitaba el uso del hogar de la familia exclusivo para ella y los hijos, así como la pensión del hijo menor. No obstante, dado que el joven no ha demostrado esfuerzo real por independizarse, según se lee en la sentencia, su pensión tan solo será mantenida hasta febrero de 2025. De no ser así, considera el Tribunal, supondría un abuso de derecho.
Casas e hijos en los divorcios, motivos de disputa
La raíz del litigio se remonta a la sentencia de 2014, cuando tras la ruptura matrimonial, se estableció un régimen que atribuía la custodia de los hijos en partes alternas. En relación con la cobertura de los gastos de los descendientes, se abrieron dos escenarios con cada uno de los hijos. Con el paso del tiempo, el mayor de los dos ganó independencia y dejó de residir con el padre. Mientras que el menor, a pesar de haber completado varias formaciones y prácticas remuneradas, optó por encadenar estudios en áreas diferentes sin incorporarse al mercado laboral. La investigación del caso reveló que este segundo hijo tiene formación suficiente para trabajar, pero sigue postergando la búsqueda de autonomía económica.
En lo que respecta a la vivienda familiar, la investigación del tribunal reveló que la mujer había dejado de residir en la vivienda, actualmente inhabitable y sin suministros, y que el hombre había asumido en solitario el pago del préstamo hipotecario, lo que confirmó para el tribunal la falta de verdadero interés de Guadalupe en residir allí. Esta habría ocultado el estado de la vivienda a propósito, sin voluntad de demostrar el verdadero estado. Sin embargo, la Justicia corroboró las intenciones de la mujer y demostró que su ex pareja era el único que se hacía cargo de los gastos.
La resolución llegó a la siguiente conclusión: la casa podrá ser disfrutada por ambas partes de la ex pareja, sin que ninguno de ambos sea dueño del inmueble. Para llevarlo a cabo, cada una de las partes dispondrá de la vivienda en años alternos. Por otro lado, la pensión alimenticia finalizará en febrero de 2025. La causa cierra por ahora la disputa financiera y habitacional entre los ex cónyuges, a la espera de la liquidación de la sociedad de gananciales en trámite.
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