
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU), ha aprobado este martes el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios en España. El objetivo el Ejecutivo es “reforzar los mecanismos de control y supervisión” ante la proliferación de universidades privadas, “algunas de ellas sin cumplir los estándares mínimos de calidad en docencia e investigación”.
La medida, explican, tiene como fin “proteger a los estudiantes frente a posibles riesgos derivados de la creación de universidades sin la capacidad necesaria para ofrecer formación de calidad” o el riesgo de cierre de los centros por falta de solvencia económica.
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Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ministra de Ciencia e Innovación, Diana Morant ha señalado que en los últimos 25 años se han creado 26 universidades privadas y ninguna pública. “Si no se actúa ahora, podríamos repetir experiencias de otros países europeos, donde instituciones privadas sin control tuvieron que cerrar, dejando a miles de estudiantes en situación de abandono”, alertan desde el Ministerio.
Un informe de la ANECA para garantizar la calidad
De ahora en adelante, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) -el organismo estatal que vela por la calidad del sistema universitario- deberá realizar un informe de evaluación para la apertura de una universidad, pública o privada, que será “preceptivo y vinculante” y lo elaborarán profesores elegidos por sorteo. Hasta ahora, eran necesario contar con un informe de evaluación elaborado por técnicos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y aprobado por el Consejo General de Política Universitaria, pero no era vinculante.
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4.500 estudiantes para la creación de una universidad
Una universidad necesita alcanzar “una masa crítica mínima” de titulaciones en distintas ramas de conocimiento para garantizar su sostenibilidad y calidad, asegurando equipos docentes e investigadores sólidos, infraestructuras adecuadas y servicios comunes eficientes. Para ello, se establece un umbral de 4.500 estudiantes durante los primeros seis años de funcionamiento.
Este tamaño, defiende el ministerio, es “compatible con el sistema universitario español y coherente con los mínimos de títulos exigidos (10 de grado, 6 de máster y 3 de doctorado), asegura la solvencia económica, la capacidad de investigación y la disponibilidad de equipamientos y servicios de calidad, como bibliotecas, laboratorios, aulas prácticas e instalaciones deportivas”.
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Alojamiento garantizado para al menos el 10% del alumnado
Las universidades de nueva creación deberán contar con alojamiento para al menos el 10% de su alumnado, garantizando movilidad y promoviendo la igualdad de oportunidades ante el encarecimiento y la escasez de vivienda.
Las universidades podrán lograrlo con medios propios o mediante convenios con empresas de alojamiento. Además, el Gobierno va a ofrecer suelo público y préstamos ICO para residencias universitarias.
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Las universidades virtuales necesitarán la aprobación de las Cortes Generales
En el curso 2024-2025, el 19% del estudiantado universitario en España cursaba sus estudios en modalidad no presencial, lo que sitúa a nuestro país entre los que más alumnado virtual tienen en Europa. Estas universidades actúan a escala nacional e internacional y no se limitan a una sola comunidad autónoma, por lo que requieren un tratamiento específico: su creación debe contar con la aprobación de las Cortes Generales y la evaluación de la ANECA.
“El objetivo es asegurar que la enseñanza virtual mantenga los mismos estándares de calidad que la presencial”, explican. Seguirán siendo competencia de las CCAA aquellas que ya estuvieran creadas en la fecha de entrada en vigor del RD; aquellas que estén en territorios con lengua propia cooficial y cuando al menos el 50% de la docencia se vaya a impartir en dicha lengua (porque ello limita el alcance supracomunitario de su actividad académica); y las que tengan financiación parcial de la comunidad autónoma, con un mínimo del 20% del presupuesto de la universidad (ya que eso constata un grado de compromiso entre universidad y administración autonómico intenso).
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