El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la orden de prisión preventiva por riesgo destrucción de pruebas para el exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, por su “papel directivo” en los presuntas mordidas a cambio de concesiones de obras públicas.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de apelación presentado por el exsecretario socialista contra el auto del magistrado instructor, del pasado 30 de junio, que acordó su prisión provisional, comunicada y sin fianza por la comisión de posibles delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
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En un auto emitido este miércoles, los magistrados consideran que “está racional, objetiva y detalladamente fundada” la decisión del juez de instrucción, Leopoldo López, quien esgrimió que la posible destrucción de pruebas podría comprometer “irremediable” y ”gravemente” la investigación de la UCO. La Defensa de Cerdán, por su parte, recurrió a la decisión alegando que su derecho de presunción de inocencia estaba siendo vulnerado. En este sentido, el ex dirigente socialista afirmó que estaba siendo víctima de una “presunción de indecencia”.
El Supremo indica en su auto que los “indicios recogidos en el informe de la UCO sobre la actuación delictiva y la participación de Cerdán en la trama “son nutridos y poderosos”. Destaca así el conjunto de conversaciones telefónicas protagonizadas por los propios investigados encontradas en dispositivos electrónicos durante el registro en el domicilio de Koldo García Izaguirre. A juicio de los magistrados, estas pruebas “resultan claramente indicativas y confirmatorias de la realidad que se investiga".
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El Supremo se remite a las conclusiones de los agentes, que expusieron el presunto modus operandi empleado por los investigados a la hora de repartirse, “de manera furtiva, unas cantidades portentosas e injustificadas de dinero”. Al magistrado Puente le resultó “elocuente” que los dos protagonistas de la trama (el ex ministro José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García) no reclamaran las mordidas “a las constructoras indebidamente favorecidas”, sino a “las reclamaban inequívocamente al señor Cerdán León”. Y es que las conversaciones reflejaron que Santos Cerdán impulsaba y hacía un seguimiento de la empresa a la que debían adjudicarse determinadas obras concretas.
Todo ello, subrayan, “sin que la investigación haya desvelado la totalidad de empresas que fueron finalmente beneficiadas; ni qué sujetos las representaban y mantuvieron contacto con el recurrente; ni cómo se abordaba el pago y se ocultaba después el dinero ilícitamente obtenido; ni siquiera si subsisten ciertos depósitos o activos que hayan sido obtenidos con ocasión de su actividad delictiva”.
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Solo Cerdán sabía cómo se pagaban los sobornos y a quién iban dirigidos
Al hilo, explican que la tesis de estos posibles fondos ocultos resulta coherente “con que solo el importe total de las obras adjudicadas a Acciona por organismos dependientes del Ministerio de Transportes ascendió a 537.271.005 euros y con que por estas adjudicaciones se ha desvelado un flujo monetario de alrededor de un millón de euros, importe que, según la experiencia forense, el instructor constata como exiguo en el marco de esta clase de operaciones delictivas”.
Los magistrados señalan que una de las claves de la investigación se centra en definir todas las entidades involucradas y cuál fue el curso económico de los sobornos entre el pago y su percepción por quienes se enriquecieron con el cobro.
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“Existen indicios de que el recurrente, que niega cualquier responsabilidad, conoce a todos los que pagaron estas comisiones y sabe cómo le fueron pagadas, además de saber los conceptos con los que pudieron maquillarse los pagos y, quizás, incluso la propia procedencia bancaria de los fondos", explica el tribunal.
En este sentido, “sólo él parece conocer el destino que dio al dinero, así como el camino que siguió hasta su entrega a los beneficiarios últimos, quiénes fueron éstos o dónde podría haber quedado depositado el dinero que no haya sido repartido”.
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En este sentido, el Supremo suscribe la preocupación del juez de instrucción, quien recalca que existe un riesgo mayor en la liberación de Cerdán: “Sólo él conoce el rastro y los vestigios que su actividad puede haber dejado”, agrega el auto. Subraya así su capacidad de “destruir documentos, crear otros que puedan ahora justificar movimientos pasados, concertarse con testigos o, incluso, modificar el actual emplazamiento de sumas de dinero defraudadas que pudieran estar bajo su control u de ocultarlas bajo sociedades u hombres de paja".
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