
El Consejo de Ministros aprobará este martes el Proyecto de Ley de Información Clasificada y la remitirá al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria, según han informado esta noche fuentes del Ejecutivo.
Las mismas fuentes explican que este Proyecto de Ley sustituye a la Ley de Secretos Oficiales del franquismo (1968) y establece por primera vez la desclasificación automática de información clasificada, cuando transcurran unos determinados plazos. La ley establece que el tiempo máximo de clasificación será de 45 años prorrogables de forma motivada otros 15 años.
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“De esta forma - señalan -, España se sitúa en línea con las legislaciones más avanzadas en materia de información clasificada”, e incluso, añaden “países como Francia, Dinamarca o Suecia tienen plazos más extensos para la desclasificación que los previstos en esta ley”.
Así mismo, el proyecto de ley estipula que la información relativa a grandes violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad no podrá ser objeto de clasificación.
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En la ley, “se regulan cuatro categorías de información clasificada - ”Alto Secreto", “Secreto”, “Confidencial” y “Restringido” - y a cada una de ellas se le asigna gradualmente un límite temporal de clasificación teniendo en cuenta el riesgo de revelación no autorizada o uso indebido”.
Se introduce también en la ley “un régimen sancionador administrativo para quien desvele información clasificada, con sanciones que van desde los 30.000 euros en los supuestos menos graves a los 2,5 millones de euros en los más graves”.
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Consideren las fuentes del Ejecutivo que “con esta vía se crea un régimen más proporcional que el anterior, que únicamente contemplaba la vía penal con elevadas penas de prisión”. “El derecho a la libertad de información -añaden - se introduce como criterio de graduación de las sanciones”.
Además se crea “la Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada, que dependerá del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes”.
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