
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el desahucio de una mujer que ocupaba la vivienda de su expareja fallecida, al considerar que su situación jurídica se encuadra dentro del concepto de precario. En la sentencia, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandada y ratifica íntegramente la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 63, que ya había ordenado su desalojo.
El origen del caso se remonta al procedimiento de desahucio por precario tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia número 63 de Madrid, a instancias de los herederos del propietario de una vivienda situada en Madrid. Los demandantes alegaban que la mujer que ocupaba el inmueble lo hacía sin título legal alguno que amparase su permanencia, y solicitaron que se ordenara el desalojo de la misma, así como de cualquier otro ocupante que pudiera encontrarse en la vivienda.
PUBLICIDAD
El 2 de noviembre de 2023, el juzgado dictó sentencia estimando parcialmente la demanda. En ella, se declaró que la demandada y cualquier persona a la que hubiese permitido el acceso se encontraban en la vivienda en situación de precario, es decir, sin derecho alguno que justificara la posesión del inmueble.
Como consecuencia, se acordó el desahucio de la vivienda, instando a su entrega libre y vacía a favor de los herederos. El juzgado, no obstante, dejó imprejuzgada una posible reclamación por daños y perjuicios, al considerar que dicha pretensión no debía acumularse en ese procedimiento, y no impuso las costas a ninguna de las partes.
PUBLICIDAD
Relación de convivencia durante años
Disconforme con esta decisión, la demandada interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. En su escrito, alegó que su permanencia en la vivienda tenía sustento en la relación de convivencia estable que había mantenido durante años con el anterior propietario fallecido en octubre de 2022.
Argumentó, además, que su situación debía recibir un tratamiento jurídico equiparable al de un cónyuge viudo, invocando el artículo 837 del Código Civil, que otorga al cónyuge superviviente el usufructo de la mitad de la herencia en concurrencia con los ascendientes del causante. Como refuerzo de su postura, cuestionó la validez del testamento que beneficiaba a los herederos demandantes, al haber sido otorgado por el fallecido tan solo cuatro días antes de morir, cuando se encontraba ingresado en el hospital en estado terminal.
PUBLICIDAD
En paralelo, la apelante alegó también encontrarse en una situación económica precaria, por lo que solicitó que se aplicara la suspensión de lanzamientos contemplada en la normativa excepcional aprobada durante la pandemia —en concreto, el Real Decreto 11/2020 en su redacción vigente hasta enero de 2024—. A su juicio, concurrían circunstancias de vulnerabilidad que debían ser tenidas en cuenta para evitar el desalojo.
La parte demandante se opuso a todos los argumentos, defendiendo la legalidad del testamento y reafirmando la inexistencia de cualquier título jurídico que legitimara la ocupación de la vivienda por parte de la apelante. Con estas posiciones enfrentadas, el procedimiento fue elevado a la Audiencia Provincial para su resolución en segunda instancia.
PUBLICIDAD
Desalojo de la vivienda
Este tribunal subraya ahora que la apelante no acredita título jurídico alguno que justifique la ocupación de la vivienda tras la muerte de su expareja, y que, por tanto, se encuentra en situación de precario.
Añade que la invocación de su supuesta vulnerabilidad económica, para solicitar la suspensión del procedimiento, tampoco resulta atendible, ya que no se aportó prueba suficiente sobre esa situación y, en cualquier caso, este tipo de alegaciones deben plantearse en la fase de ejecución de sentencia, no como oposición al desahucio.
PUBLICIDAD
Por todo ello, el tribunal confirma el fallo de primera instancia, ordena el desalojo de la vivienda y condena a la demandada al pago de las costas procesales de la segunda instancia.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
El pueblo italiano lleno de magia: bosques, lagos y playas de aguas cristalinas que parecen un cuadro
Un lugar para desconectar entre rutas de montaña y orillas tranquilas

El informe de la UDEF del ‘caso Zapatero’ sitúa al expresidente y sus hijas como “principales beneficiarias” de la trama
Según revela ‘El Mundo’, la unidad policial los pondría en el primer nivel de la organización, seguidos de Julio Martínez Aarón Fajardo

Una mujer da a luz en plena calle de Palma: los viandantes asisten al parto mediante instrucciones telefónicas de emergencias
La recién nacida y su madre fueron trasladadas al hospital en buen estado de salud

Resultados del Super Once del Sorteo 4
Como cada sábado, aquí están los números ganadores del sorteo dado a conocer por Juegos Once

La boda de Marta García, sobrina de Ana Obregón y Carlos Sainz, en la que se ha echado en falta a Aless Lequio: “Era de sus primas favoritas”
Ana Obregón ha recordado a su hijo a las puertas de la iglesia y ha admitido que tiene “sentimientos encontrados” por el evento familiar



