
Hubo un tiempo en el que las horas extra se pagaban, pero si no eres de la Generación del Baby Boom es posible que no hayas llegado a vivir algo así. Se ha normalizado que el tiempo de más que uno invierte en su empresa sea gratis, pero aun así, quien lleva estos casos a los tribunales puede ganar. Este es el caso de Delfina, una trabajadora de la hosteleria en Barcelona que consiguió que el Juzgado de la Social numero 35 de Barcelona dictara una sentencia a su favor.
La empresa Sugar Corner tuvo que abonarle un total de 2.191,85 euros en concepto de extra no pagadas, junto con un interés del 10%. La demandante, trabajaba en la pastelería desde diciembre de 2018 bajo un contrato indefinido a jornada completa, con salario bruto mensual de 1.473,75 euros (incluidas pagas extras). Desde febrero de 2022 hasta enero de 2023, la trabajadora acumuló un total de 215 horas extraordinarias, realizadas como cinco horas extra semanales. Estas horas, calculadas a un valor de 13,59 euros por hora según el salario vigente, no fueron compensadas ni remuneradas en ningún momento.
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El conflicto escaló cuando la empresa decidió extinguir el contrato laboral de Delfina por motivos disciplinarios el 8 de enero de 2023, una medida que provocó la presentación de una papeleta de conciliación ante la administración laboral el 26 de enero de 2023. La conciliación administrativa, celebrada el 1 de marzo de 2023, conclusión sin acuerdo entre las partes, llevando a Delfina a interponer una demanda judicial el 8 de marzo de 2023.
Procedimiento judicial
A lo largo del proceso judicial, Sugar Corner no compareció ni presentó pruebas para refutar la demanda de su exempleada. En el juicio, celebrado en el Juzgado de lo Social nº 35 de Barcelona, la trabajadora aportó documentación que acreditaba tanto su relación laboral como el incumplimiento de la empresa en el pago de las horas extraordinarias. Asimismo, se tuvo en cuenta la presunción legal aplicable en los casos en que la parte demandada incumple la obligación de mantener un registro horario, conforme al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto-ley 8/2019.
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El tribunal concluyó que la empresa había incumplido su obligación de llevar un sistema de registro diario de jornada laboral que permitiera verificar las horas efectivamente trabajadas. Esta omisión, sumada a la incomparecencia en el juicio, conllevó a que la magistrada considerara acreditadas las horas extraordinarias reclamadas por la trabajadora.
Fundación jurídica
La sentencia subraya que el derecho de los trabajadores a recibir puntualmente sus salarios pactados, recogido en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, fue vulnerado en este caso. Asimismo, resalta que la normativa vigente exige a las empresas garantizar el registro horario como mecanismo para fiscalizar las jornadas laborales. Ante la ausencia de dicho registro y la falta de pruebas de la empresa demandada, el tribunal aplicó las disposiciones relativas a la carga de la prueba a favor de la trabajadora.
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Por otro lado, se condenó a Sugar Corner al pago del interés de demora del 10% sobre la cantidad adeudada, en cumplimiento del Estatuto de los Trabajadores. El fallo, sin posibilidad de recurso por no superar la cantidad litigiosa el umbral de 3.000 euros, obliga a la empresa a compensar económicamente a la demandante por las horas trabajadas y no remuneradas.
Implicaciones
La resolución del tribunal refuerza la obligación de las empresas de implementar sistemas de control objetivo y accesibles para registrar la jornada laboral y evitar abusos. Asimismo, subraya que la ausencia de tales registros puede volverse un factor determinante en demandas por horas extraordinarias.
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La sentencia también pone en evidencia las consecuencias de la incomparecencia en actos judiciales. Al no presentar pruebas ni argumentos para desvirtuar las reclamaciones de la trabajadora, Sugar Corner quedó en una posición desfavorable que condicionó el fallo en su contra.
Con este fallo judicial, Delfina obtiene el reconocimiento y pago de más de 2.200 euros, una cantidad que incluye las horas extraordinarias trabajadas y el interés de demora correspondiente. Su caso sirve como recordatorio tanto para los trabajadores como para los trabajos sobre la relevancia del cumplimiento de las obligaciones laborales y el impacto de la legislación vigente en la materia.
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