
La campaña de la Renta 2024/2025 arranca este 2 de abril con varias novedades respecto al año anterior. La Agencia Tributaria ha detallado ya el calendario que deberán seguir los contribuyentes para presentar dentro de plazo sus declaraciones y ajustar sus cuentas con Hacienda, además de los nuevos métodos de pago en caso de que para liquidar la Renta sea necesario desembolsar dinero.
Calendario y modalidades de presentación
El próximo miércoles 2 de abril se abrirá el plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por internet. Los ciudadanos podrán acceder a su borrador desde la página web de la Agencia Tributaria o en su aplicación, para comprobar que sea correcto o aplicar las modificaciones necesarias antes de presentarlo.
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La vía telefónica, por otra parte, se abrirá el día 6 de mayo y los contribuyentes podrán presentar así su declaración hasta el 30 de junio, la misma fecha en la que se cierra la opción de presentarlo a través de Renta Web. Aquellos que quieran tramitar así su declaración deberán solicitar una cita previa entre los días 29 de abril y 27 de junio.
El turno para la atención presencial en oficinas comenzará el 2 de junio, también con cita previa. Para esta alternativa, la cita se deberá solicitar entre el 29 de mayo y el 27 de junio. En cualquier caso, todas las declaraciones deberán estar presentadas como tarde el día 30 de junio, fecha final de la campaña de la Renta, a menos que se escoja la domiciliación bancaria como método de pago, que tendrá como fecha límite el 25 de junio.
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Quién está obligado a declarar
Para los trabajadores asalariado, el límite de renta anual percibida para quedar exento de presentar declaración será de 22.000 euros en la mayoría de casos. Los contribuyentes que hayan tenido más de un pagador a lo largo del ejercicio deberán declarar si sus ingresos por trabajo han sido superiores a los 15.876 euros anuales, siempre que el importe cobrado por el segundo pagador y sucesivos supere los 1.500 euros.

Estos requisitos eximen a la mayoría de perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2024 alcanzaba justamente los 15.876 euros anuales. Pese al reciente revuelo por la posible tributación del salario mínimo, al haber estado en 2024 por debajo del mínimo exento los que cobren el salario mínimo no tendrán ninguna novedad para esta campaña de Renta.
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Nuevas opciones de pago y control fiscal reforzado
Otra novedad destacada es la inclusión del sistema Bizum como medio de pago del impuesto. Aquellos que al resolver la declaración deban ingresar podrán beneficiarse de este sistema de pagos instantáneos para hacer la transferencia. Los que decidan fraccionar sus pagos para afrontar de forma más asequible sus obligaciones fiscales podrán hacer uso igualmente de Bizum para cumplir con estos pagos. Este año, el Bizum se suma a la domiciliación bancaria, el pago con tarjeta o el ingreso mediante NRC (Número de Referencia Completo) en la lista de métodos disponibles para liquidar la Renta con Hacienda.
Otra de las grandes novedades de este año es que la Agencia Tributaria planea ejercer un control más estricto sobre posibles fraudes, especialmente por parte de las personas que muestren signos externos de riqueza sospechosos que no se correspondan con los datos fiscales declarados. Esta vigilancia incluirá cruces de información patrimonial, movimientos financieros y datos catastrales.
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Cambios en las deducciones
Hacienda ha anunciado que mantendrá las deducciones aplicables por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas habituales, con bonificaciones de hasta el 60%, así como las rebajas por la compra de un coche eléctrico. También se amplían los criterios para acogerse a los beneficios por maternidad, así como mejorar las bonificaciones por donativos a organizaciones sin ánimo de lucro.
Además, se han actualizado los importes de reducción por rendimientos del trabajo, lo que beneficiará a los contribuyentes con rentas más bajas. En concreto, pasa este año de los 6.498 euros a los 7.302 euros.
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