
La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a dos hermanos que querían apropiarse de manera fraudulenta, a través de maniobras societarias, del patrimonio de su padre, un hombre con diversas patologías y en estado de vulnerabilidad.
Los hechos se remontan a 2017, cuando el padre, ya enfermo, benefició en el testamento, con una herencia más amplia, a su hija menor de edad y a su esposa, de forma que dejaba la legítima estricta a su hija e hijo mayores. Estos dos acusados, aprovechando la confianza del padre y su estado de deterioro físico y cognitivo, le llevaron a una notaría para que la hija fuese nombrada administradora única de una sociedad. Posteriormente, realizaron una ampliación de capital que les otorgó las seis nuevas acciones de la empresa, despojando casi completamente al padre, quien conservó únicamente una participación.
En esos momentos, indica la sentencia, el padre padecía de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), pues aunque le diagnosticaron la enfermedad en febrero de 2022, ya entonces presentaba síntomas importantes. También padecía una insuficiencia renal con necesidad de diálisis y había sufrido infartos, además de atrofia cerebral y varias hernias, entre otros trastornos. “Estas patologías no le permitían comprender el alcance de las operaciones” realizadas por sus hijos ni sus consecuencias legales.
Según indica la sentencia, esas nuevas acciones fueron adquiridas con un ingreso ficticio a la cuenta de la sociedad, una cantidad que fue retirada días después. Esta operación disminuyó notablemente el caudal hereditario del padre, perjudicando los derechos de los otros herederos (la segunda esposa e hijos menores). Cada acusado llegó a adquirir un patrimonio valorado en unos 572.600 euros a cambio de ese desembolso ficticio inicial, que fue de tan solo 9.000 euros.
Delito por estafa agravada
Aunque no se demostró con plena certeza la falsificación de las firmas en algunos documentos clave, los acusados fueron absueltos de los delitos de falsedad documental. Sin embargo, se acreditó el delito de estafa agravada debido al abuso de confianza derivado de la relación familiar, al perjuicio económico superior a 250.000 euros y al aprovechamiento de la vulnerabilidad de la víctima.
Por ello, los dos hermanos mayores fueron condenados por un delito de estafa agravada a 4 años de prisión, multa de 12 meses (10 euros diarios) y costas procesales. Asimismo, se declaró la nulidad de los documentos que permitieron a los acusados consolidar el control sobre la empresa, incluyendo el nombramiento de la hija como administradora única y la ampliación de capital.
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