Este es el documento que no tendrán que presentar los herederos si hay testamento: “Ahorra dinero y tiempo”

Según el abogado especialista en herencias, David Jiménez, si se ha dejado un testamento, los herederos podrán evitar un trámite clave que podría implicar gastos y demoras innecesarias

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Firma de un testamento.
Firma de un testamento.

El testamento es una herramienta legal que, aunque no es obligatoria, resulta fundamental para facilitar el proceso de herencia. Según el abogado especialista en herencias, David Jiménez, si se ha dejado un testamento, los herederos podrán evitar un trámite clave que podría implicar gastos y demoras innecesarias.

En una entrevista reciente con Infobae España, Jiménez explicó que este documento, que debe ser presentado en caso de no existir un testamento, implica acreditar la relación de parentesco entre el fallecido y los herederos, lo que puede generar una carga administrativa y económica considerable. En palabras del abogado, “cuando se realiza un testamento, se designan los herederos y sus partes directamente, lo cual evita todos esos trámites adicionales”.

Estamos hablando de la Declaración de Herederos. Realizarla suele ser necesario cuando no existe testamento o cuando este no cubre todos los aspectos de la distribución de bienes, lo que implica una intervención judicial para que los herederos sean reconocidos legalmente.

Este procedimiento requiere, entre otros documentos, el certificado de defunción y la prueba de parentesco, lo que puede resultar costoso y hacer que pierdas mucho tiempo. Sin embargo, al redactar un testamento, el procedimiento se simplifica, ya que este documento ya indica claramente quiénes son los herederos, sin necesidad de trámites adicionales.

Lo más recomendable es hacer un testamento, lo solo para evitar la Declaración de Herederos, si no también como una herramienta de planificación fiscal. Puedes ahorrar mucho dinero y tiempo, y tus herederos tendrán todo mucho más claro”, aseguró Jiménez.

El abogado, con más de 20 años de experiencia en el sector, también detalló que un testamento permite planificar la herencia de manera eficiente, ya que ofrece la posibilidad de tomar decisiones sobre el reparto de bienes, optimizando así las cargas fiscales: “Es un instrumento esencial no solo para distribuir los bienes según los deseos del fallecido, sino para planificar el futuro financiero de la herencia”, explicó.

David Jiménez, abogado especialista en
David Jiménez, abogado especialista en herencias. (Helena Margarit Cortadellas)

Jiménez destacó, además, que la redacción de un testamento puede evitar situaciones conflictivas entre los herederos, especialmente en casos donde no se está de acuerdo sobre la distribución de bienes. De este modo, el testamento actúa como una guía clara que previene discusiones y malentendidos, lo que facilita una transición más armoniosa de los bienes.

En cuanto a la necesidad de legalizar el testamento, Jiménez recordó que, aunque no es obligatorio hacerlo ante notario, hacerlo de esta forma garantiza su validez y evita problemas legales posteriores. Además, tener un testamento formalizado asegura que los deseos del fallecido sean respetados, incluso en situaciones donde podría haber ambigüedades legales sobre la herencia.

¿Qué necesitas para hacer una Declaración de Herederos?

En el caso de que una persona fallezca sin haber dejado testamento, o si el testamento es nulo, incompleto o no se encuentra, será necesario realizar una Declaración de Herederos. En España, se deben seguir los siguientes pasos para hacerla:

  1. Certificado de defunción: lo primero que se necesita es el certificado de defunción del fallecido, que debe obtenerse en el Registro Civil. Este documento es fundamental para iniciar el procedimiento.
  2. Certificados familiares: los herederos deberán presentar los certificados de nacimiento, matrimonio o cualquier otro documento que demuestre su vínculo con el fallecido.
  3. Documentación de los bienes: es necesario hacer una relación de los bienes que formaban parte del patrimonio del fallecido (cuentas bancarias, propiedades, vehículos, etc), ya que, en la declaración, se debe dejar claro qué bienes serán distribuidos entre los herederos.
  4. Redacción de la solicitud: el siguiente paso es la solicitud de la Declaración de Herederos. En esta solicitud, los herederos deben indicar su relación con el fallecido y justificarla mediante los documentos aportados. También se debe incluir una relación de los bienes a heredar.
  5. Intervención del notario o del juez: dependiendo del caso, la declaración de herederos puede hacerse de dos maneras:
    1. Notarial: si hay acuerdo entre los herederos sobre la distribución de los bienes y no hay conflictos, se puede realizar ante notario. En este caso, el notario verifica la documentación y emita una Declaración de Herederos. Este proceso suele ser más rápido y barato.
    2. Judicial: si no hay acuerdo entre los herederos o si se necesita aclarar algo sobre la validez de la relación con el fallecido, el proceso debe hacerse ante un juez. En este caso, se inicia una demanda judicial ante el juzgado de primera instancia correspondiente.
  6. Sentencia o escritura notarial: una vez que el notario o el juez haya revisado toda la documentación y las pruebas, emite la Declaración de Herederos, que reconocerá a los herederos y especificará qué parte de la herencia les corresponde. Si se ha realizado judicialmente, el juez emitirá una sentencia, mientras que si se hace ante notario, el notario extenderá una escritura pública.
  7. Impuesto de Sucesiones: después de obtener la Declaración de Herederos, los herederos deberán presentar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la comunidad autónoma correspondiente. Este impuesto varía según la región y la relación del parentesco con el fallecido, por lo que es importante informarse de las particularidades de cada territorio.
  8. Distribución de los bienes: una vez obtenida la declaración de herederos y cumplidos los requisitos fiscales, los bienes podrán ser distribuidos entre los herederos según lo determinado en la declaración.
Entrevista a David Jiménez, abogado especializado en herencias.

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