Suspenden a un camarero de empleo y sueldo 3 días por tomarse un café y no pagarlo

El empleado recibió la amonestación de la empresa, ya que según el escrito recibido, su acción “va en contra de la política interna”

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Una cafetera profesiomal en un restaurante (ShutterStock).
Una cafetera profesiomal en un restaurante (ShutterStock).

La hostelería es uno de los sectores más importantes a nivel de empleo en España. Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2023, en nuestro país hubo 1,6 millones de trabajadores en esta rama laboral, siendo casi 1,3 millones los que pertenecen a servicios de comidas y bebidas. Los bares y restaurantes son los establecimientos donde estos empleados suelen ejercer su profesión, sin embargo, a pesar de haber un elevado número de locales de este tipo en España, la hostelería tiene fama de contar con condiciones laborales difíciles.

Para corroborar esta última frase basta con echar un vistazo a las publicaciones que comparte en sus redes sociales diariamente Jesús Soriano. Este trabajador de la hostelería, conocido popularmente como @soycamarero, difunde contenido sobre las situaciones que viven los empleados de la hostelería, a menudo a través de reseñas, y también con documentos y mensajes directos de estos profesionales.

En este sentido, uno de sus últimos posts en la red social X (antiguo Twitter) está dando mucho que hablar. “Suspendido de empleo y sueldo durante tres días por tomarse un café y no abonarlo”, titula en su publicación Soriano. Asimismo, adjunta una imagen con la sanción que una empresa ha enviado por escrito a un camarero.

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Sanción por “realizar una consumición de café y no abonarla”

El mensaje del local al empleado es el siguiente: “La Dirección de la Empresa le comunica la sanción de suspensión de empleo y sueldo de tres días y ello por tener constancia de la comisión por su parte de una falta laboral calificada como grave, atendiendo al siguiente artículo del VI Acuerdo Laboral Estatal para el sector de Hostelería, concretamente el art. 39.5 que considera tal “El incumplimiento de las órdenes e instrucciones de la empresa, o personal delegado de la misma, en el ejercicio regular de sus facultades directivas… Si este incumplimiento fuese reiterado, implicase quebranto manifiesto para el trabajo o del mismo se derivase perjuicio notorio para la empresa u otros trabajadores, potosí ser calificada como falta muy grave.”

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Tuit de @soycamarero.
Tuit de @soycamarero.

A continuación, la empresa detalla los hechos que motivan la amonestación: “Por realizar una consumición de café y no abonarla, el pasado día X, concretamente a las X horas en el X, lo cual ba en contra de la política interna de la empresa”.

La imagen va acompañada de la frase siguiente: “El café más caro de la historia”. En el momento de publicación de este artículo, más de 2.000 personas le dieron un Me Gusta a la publicación y en los comentarios se generó un debate sobre la actuación de la empresa y los motivos secundarios que podrían haber llevado a emitir esta sanción.

Los comentarios más destacados de la publicación

  • “Pinta que más para echarle de forma procedente en un futuro que por el café. De cualquiera de las dos formas, es feo” (@madreSEOperiora).
  • “Cuando pasan estas cosas, me muero de ganas de saber qué establecimiento o cadena de restauración es para no ir nunca más” (@superedubcn).
  • “Seguramente quieran echar a ese camarero y esta sea una de las medidas para echarlo gratis a base de faltas y sanciones” (@Oscar_CS83)
  • “En un bar que trabajé, la cocinera pidió un zumo de naranja. El dueño se lo pasó y le dijo que lo tenía que pagar. Ella bebió, se quitó el gorro y delantal y se piró a mitad del servicio mientras le decía que se lo descontara de las horas extra. 12 horas hacíamos, sin cobrar” (@laura_pcaball)
  • “¿Pero le preavisaron de que eso no lo podía hacer? Que recurra en el juzgado la sanción, que sea el de negro quien diga quién tiene razón, pero si no le preavisaron, o hasta ese día dejaban tomarse un café, le puede meter buen puro bar, por ser más la sanción que el daño” (@miguel_kron).
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Los tipos de faltas graves en la hostelería y cuál es la sanción

El Acuerdo Laboral Estatal para el sector de Hostelería estipula que una sanción para una falta grave conlleva una suspensión de empleo y sueldo de tres a 15 días. Los 19 tipos de faltas graves se pueden consultar en el siguiente PDF:

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