
Ya está aquí. El periodo de advertencia ha llegado a su fin y a partir de ahora el Ayuntamiento de Madrid empezará a multar en caso de no respetar la Zona de Bajas Emisiones. Esta medida tiene un alcance considerable, afectando a todos los propietarios de vehículos que carecen de etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico y que no estaban registrados en Madrid antes de marzo de 2022.
Desde el pasado 15 de septiembre de 2023, el Ayuntamiento de Madrid ha estado emitiendo notificaciones a los conductores de vehículos que carecen de etiqueta medioambiental y que fueron detectados por las cámaras de la ZBE de Madrid. Estas notificaciones informaban sobre la prohibición de ingresar a la M-30 y su vía de circunvalación correspondiente, tal como lo anunció el Consistorio en un comunicado oficial.
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Durante este periodo de advertencia de cuatro meses, se ha observado una disminución gradual en el número de vehículos no autorizados que acceden a la zona restringida. En un inicio, se registraron 2,039 ingresos no permitidos en dicha área entre el 15 y el 30 de septiembre. Sin embargo, este número se redujo a 1,883 en el mes de diciembre del año pasado. Vale la pena señalar que, de los aproximadamente 3.1 millones de vehículos que ingresan a la zona cada día, los vehículos no autorizados representan apenas un ínfimo 0.1% de dicho total.
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Esta implementación de la Zona de Bajas Emisiones, acompañada de un período de advertencia, se enmarcan dentro de la estrategia de mejora de la calidad del aire y persecución de la meta de reducir las emisiones contaminantes en la ciudad, al tiempo que busca alentar el uso de vehículos más respetuosos con el medio ambiente.

Vehículos de emergencias, adaptados e históricos: las excepciones
Madrid mantendrá la circulación de algunos vehículos sin distintivo ambiental de la DGT hasta el 31 de diciembre de 2024, tras lo cual, a partir del 1 de enero de 2025, se implementará una prohibición total para cualquier vehículo que carezca de esta etiqueta. Sin embargo, se hará una excepción para coches de personas con movilidad reducida, vehículos históricos, y los destinados a servicios de emergencia y fuerzas armadas, los cuales podrán circular libremente incluso en las Zonas de Bajas Emisiones de especial protección como Madrid Central y Plaza Elíptica.
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Los vehículos adaptados de movilidad reducida y aquellos destinados a su transporte, como taxis y VTC, estarán exentos de la restricción. Asimismo, los coches y vehículos históricos registrados podrán seguir circulando, aunque deberán cumplir ciertas limitaciones específicas en áreas delimitadas de la ciudad. La DGT está trabajando en un nuevo reglamento para la matriculación de vehículos históricos, el cual se espera que simplifique y rebaje los costos del proceso a partir de principios de 2024.
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En cuanto a los vehículos de bomberos y fuerzas armadas, no se verán afectados por la prohibición de manera indefinida. Esto significa que seguirán teniendo libertad de tránsito en la ciudad de Madrid sin importar las restricciones que entren en vigor a partir de 2025. Estas excepciones se aplicarán a cualquier tipo de vehículo que se enmarque dentro de estas categorías, hasta que se disponga lo contrario o se actualice la normativa vigente.
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