Otra entidad del campo pidió a la Justicia la suba de retenciones sea declarada inconstitucional

Una entidad de productores rurales solicitó una “declaración de certeza” y reiteró que el Poder Ejecutivo no tiene facultades para modificar el esquema actual de los derechos de exportación, tal como lo hizo con los subproductos de la soja

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Sigue el malestar del campo por el aumento de las retenciones a los subproductos de la soja. (REUTERS/Valentyn Ogirenko)
Sigue el malestar del campo por el aumento de las retenciones a los subproductos de la soja. (REUTERS/Valentyn Ogirenko)

El campo sumó otro reclamo en la Justicia por las retenciones. Ayer los integrantes de la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor), reclamaron en la Cámara de Apelaciones de Tucumán una declaración de certeza e inconstitucionalidad. La presentación fue realizada por la abogada de la entidad, Emilia Bartolucci. Hay que recordar que semanas atrás la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María, elevaron una acción de amparo en los tribunales federales de Córdoba.

La presentación de Apronor tiene lugar en momentos donde el campo rechazó un nuevo aumento de las retenciones a los subproductos de soja, argumentando que el mismo es “ilegal” porque el pasado 31 de diciembre venció la facultad que tenía el Poder Ejecutivo de modificar el esquema de retenciones. Como dichas facultades no fueron prorrogadas, porque el Proyecto de Presupuesto del presente año fue rechazado por la Cámara de Diputados, para los productores y dirigentes las retenciones deben ser del 0%.

En la presentación, a que la que accedió Infobae, se sostiene que “hoy el Poder Ejecutivo no tiene ningún sustento legal que lo habilite al cobro de los derechos de exportación en discusión. No existe ninguna norma del ordenamiento jurídico que avale el cobro de estos tributos. Recordemos que se encuentra en vencida al 31/12/21 la facultad delegada al Poder Ejecutivo a través de la Ley 27.451. Asimismo el Artículo 755 del Código Aduanero no habilita al Poder Ejecutivo a cobrar tributos que no han sido creados por una Ley en sentido formal ni tampoco configura un caso de delegación legislativa permitida por la Constitución Nacional, al ser objeto de esa delegación un supuesto que debe ser tratado por el Congreso de la Nación indefectiblemente”.

El presidente Alberto Fernández dispuso el último fin de semana un nuevo aumento de las retenciones. (Foto: Franco Fafasuli)
El presidente Alberto Fernández dispuso el último fin de semana un nuevo aumento de las retenciones. (Foto: Franco Fafasuli)

Además, en la presentación se señaló que “los DNU 131/2022 y 132/2022 son inconstitucionales por violar el principio de legalidad y no responden a un proceso legislativo garantizado por el Congreso de la Nación. El Poder Ejecutivo no tiene facultades para legislar en materia tributaria, por ende el cobro de dichos tributos es nulo de nulidad absoluta”. Según comentaron directivos de la entidad, el objetivo es que exista un pronunciamiento de la Justicia sobre la ilegalidad o no del cobro de las retenciones. En el caso que se determine lo primero, se avanzará con un amparo y un recurso ante la Administración Federal de Ingresos Públicos para que se devuelva la suma de dinero retenida a los productores desde el comienzo del presente año”.

Y se agrega: “La presente acción involucra derechos y garantías constitucionales en tanto procura la tutela jurisdiccional frente a la conducta del Estado Nacional con respecto a la aplicación de tributos que no se encuentran vigentes a la fecha ni regulado por ninguna ley emanada del Congreso y publicada en consonancia con los principios de legalidad y reserva de ley , vulnerando legítimos derechos de los productores, exportadores y sujetos vinculados a la actividad, que ven menoscabados sus derechos patrimoniales y son víctimas de una actitud confiscatoria por parte del Estado Nacional”.

Destino de las retenciones

En el reclamo que se está realizando a la Justicia de Tucumán, desde Apronor sostienen en el mismo que “existe un manifiesto estado de incertidumbre que en el caso de autos se relaciona con la aplicación de derechos de exportación sobre operaciones de compraventa de cereales y oleaginosas en virtud de una norma que no se encuentra vigente a la fecha, y que no ha sido prorrogada por el Congreso de la Nación respetando el procedimiento que regula la Constitución Nacional y bajo la luz del principio de legalidad, rector en materia tributaria; razón por la cual no correspondería el cobro y/o retención de los derechos de exportación en operaciones de compraventa de granos por parte del fisco nacional. Sin embargo a la fecha se continúan aplicando sin tener un sustento legal y legítimo que los avale”.

Por último, los productores y dirigentes de la entidad del norte del país señalaron que las retenciones “han sido utilizados a lo largo de la historia de este país como la ´caja´del Estado, para solventar gastos públicos exorbitantes tales como salarios públicos, subsidios, asignaciones, beneficios sociales, jubilaciones de privilegio etc. Sin embargo los ingresos que provienen de estos tributos jamás en la historia del país han sido utilizados a los fines de promover, fomentar y/o beneficiar a la actividad agropecuaria, tampoco han sido utilizados para obras públicas, viales, portuarias etc que mejoren dicha actividad. Sin embargo son los productores quienes tienen que sufrir exacciones absolutamente arbitrarias y desproporcionadas e únicas en el mundo para mantener un Estado deficitario que cada vez aumenta más el gasto público”.

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