Empleadas domésticas: cuánto valdrá la hora de limpieza a partir de octubre 2026

El mes que viene rige un nuevo aumento salarial para el personal de casas particulares, junto con cambios en la composición del básico

Se observa a una persona trapeando un piso de mosaico con una escoba cubierta por una jerga limpia, junto a una cubeta de plástico en un hogar ordenado.
El trabajo de limpieza corresponde a la categoría de "personal para tareas generales". (Imagen Ilustrativa Infobae)
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En octubre entrará en vigencia el tercer aumento determinado por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. En concreto, la normativa estableció una suba del 1,7% en los salarios básicos del personal de servicio doméstico, en comparación con los valores vigentes en septiembre.

A ese incremento se suma un cambio adicional en la composición del salario básico. Se incorporará el 50% de la suma no remunerativa que se había otorgado durante el mes de agosto, cuyo monto varió entre $8.000 y $20.000 según la cantidad de horas semanales trabajadas por cada empleado o empleada.

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Los nuevos salarios

La categoría de personal para tareas generales, que incluye la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas, y en general toda otra tarea típica del hogar, tendrá en octubre un valor de $4.064,08 por hora para el personal con retiro y de $4.337,53 por hora para el personal sin retiro. En su modalidad mensual, los valores serán de $498.582,06 para quienes trabajan con retiro y de $548.429,23 para quienes lo hacen sin retiro.

La categoría de asistencia y cuidado de personas tendrá un valor por hora de $4.337,53 para el personal con retiro y de $4.801,52 para el personal sin retiro. Por mes, los montos serán de $548.429,23 para el personal con retiro y de $605.050,00 para el personal sin retiro.

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En el caso de los caseros, definidos como el personal que presta tareas inherentes al cuidado general y la preservación de una vivienda en la que habita con motivo del contrato de trabajo, el cuadro salarial establece un valor de $4.337,53 por hora y de $548.429,23 por mes, ambos correspondientes por supuesto a la modalidad sin retiro, la única prevista para esta categoría.

La categoría de personal para tareas específicas, que incluye a cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y a toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad, tendrá un valor de $4.580,80 por hora para el personal con retiro y de $4.973,38 por hora para el personal sin retiro. Los valores mensuales serán de $560.776,33 y $618.187,89, respectivamente.

Por último, la categoría de supervisor/a, que corresponde a la coordinación y el control de tareas efectuadas por dos o más personas a cargo, tendrá el valor más alto del cuadro salarial. Por hora, el monto será de $4.805,82 para el personal con retiro y de $5.215,59 para el personal sin retiro. Por mes, los valores ascenderán a $599.514,52 y $661.702,46, respectivamente.

La resolución aclara además que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en aquella que resulte la principal, según la que desempeñe con habitualidad.

Modalidad y plazos de pago

Las remuneraciones deben abonarse mediante acreditación en una cuenta sueldo abierta a nombre del trabajador en una entidad bancaria, salvo que este solicite el pago en efectivo, en cuyo caso el empleador deberá proceder de esa forma. Cuando el pago se realice en efectivo, deberá efectuarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios.

Manos de un empleador que entregan billetes de pesos argentinos a una mujer con delantal junto a una taza sobre una mesa.
El pago del salario se debe realizar siempre a través de un depósito en cuenta bancaria, salvo que el trabajador solicite el pago en efectivo. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En cuanto a los plazos, el personal mensualizado debe cobrar dentro del cuarto día hábil posterior al vencimiento de cada mes calendario. El personal remunerado por día o por hora debe cobrar al finalizar cada jornada o cada semana, según lo que se haya convenido entre las partes.

Cuando el personal preste servicios en horas extra, corresponde un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se trata de días comunes, y un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en el caso de los días sábados después de las trece horas, los domingos y los feriados.

Adicionales por zona y por antigüedad

El personal de casas particulares que preste tareas en determinadas zonas del país tiene derecho a percibir un adicional por zona desfavorable, equivalente al 31% calculado sobre la remuneración informada por el empleador. Este adicional corresponde a las relaciones laborales cuyo domicilio de explotación se encuentre en las provincias patagónicas o en el Partido de Patagones, de la provincia de Buenos Aires. Las jurisdicciones alcanzadas son La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el Partido de Patagones.

Además, el personal tiene derecho a percibir un adicional por antigüedad, equivalente al 1% por cada año trabajado para el mismo empleador. Para su cálculo se consideran únicamente los años de servicio prestados en esa relación laboral.

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