
La Justicia decretó la quiebra de Carsa S.A., firma controlante de la cadena de venta de electrodomésticos Musimundo, y dejó sin efecto la apertura del concurso preventivo que la empresa había obtenido en julio, en una resolución que reencauzó el expediente bajo la figura de quiebra después de un proceso atravesado por cierres de sucursales, una venta frustrada y un deterioro financiero que ya había derivado en una reestructuración similar en 2018.
La decisión fue adoptada el 2 de septiembre de 2026 por el Juzgado Civil y Comercial N° 23 de Resistencia, a cargo de Fernando Luis Lavenas, en el expediente “CARSA S.A. s/ Concurso Preventivo”. Según informó la propia compañía en un hecho relevante remitido a la Comisión Nacional de Valores (CNV), el tribunal revocó la resolución de apertura del concurso preventivo del 17 de julio y decretó la quiebra de la firma.
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Cierre de sucursales y venta fallida
Antes de que se decretara la quiebra, el caso ya venía acompañado por señales de deterioro operativo. Musimundo, controlada por Carsa S.A., había cerrado 20 sucursales en el nordeste del país, en provincias como Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones, en un contexto marcado por la caída del consumo, el avance del comercio electrónico y la crisis interna de la compañía.
Fuentes cercanas a la empresa señalaron que la firma buscaba ordenar sus pasivos dentro del concurso preventivo y que los cierres alcanzaban locales considerados duplicados, es decir, plazas en las que la marca tenía más de un punto de venta. Allegados a la sociedad estimaban que la medida había dejado más de 100 puestos de trabajo afectados.
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En las semanas previas a la presentación concursal, había comenzado una negociación para una posible venta de Musimundo a los propietarios de On City, la cadena surgida del recambio de marca de locales operados por Electrónica Megatone. Sin embargo, esa operación no prosperó.
De concurso preventivo a quiebra
A partir de la resolución, las actuaciones fueron recaratuladas como “CARSA S.A. s/ Quiebra”, lo que implicó un cambio de escenario judicial para la compañía. En su comunicación al mercado, la firma precisó que la medida fue tomada en el marco de la intervención de la sindicatura sobre un plan de reducción de estructura presentado por la sociedad.
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Ese plan había sido aprobado por el directorio el 26 de agosto de 2026, después del cierre de sucursales y del fracaso de una operación para transferir 45 sucursales, que también había sido autorizada previamente por la empresa.
De acuerdo con el comunicado, el magistrado entendió que estaban dados “hechos reveladores del estado de cesación de pagos” en los términos del artículo 79, inciso 4°, de la Ley de Concursos y Quiebras. Sobre esa base, consideró inviable la continuidad del concurso preventivo.
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En forma indirecta, la empresa informó que la resolución judicial vinculó la quiebra con el deterioro de su situación financiera y con la imposibilidad de sostener el proceso concursal en las condiciones en que venía tramitando.
El antecedente
Carsa S.A. ya había recurrido al concurso de acreedores en junio de 2018, cuando declaró una deuda de 900 millones de pesos. Además, a fines de mayo de 2026 la firma registraba pasivos bancarios por unos 3.060 millones de pesos, con el Banco Nación como principal acreedor por cerca de 1.549 millones de pesos. La deuda concursal ascendía a 63.500 millones de pesos.
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La decisión de presentarse otra vez en concurso preventivo no respondía a un incumplimiento bancario inmediato, sino al intento de reordenar el conjunto de las obligaciones de la compañía en un escenario de presión financiera.
El tribunal dispuso además la continuidad de la sindicatura ya designada en el expediente, a cargo del Estudio Contable Benítez, integrado por José Valentín Benítez, José Nicolás Benítez y Cynthia Bernard.
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También se mantuvieron las fechas ya establecidas para las próximas etapas del proceso. La presentación de pedidos de verificación de créditos ante la sindicatura podrá realizarse hasta el 6 de noviembre de 2026. En tanto, el informe individual previsto en el artículo 35 de la ley deberá presentarse el 30 de marzo de 2027, mientras que el informe general del artículo 39 fue fijado para el 25 de junio de 2027.
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