La flexibilización de las restricciones cambiarias impulsó un fuerte aumento en el giro de dividendos por parte de empresas en la Argentina durante los primeros seis meses del año, lo que implica una normalización respecto al período previo en el que regía el cepo total para las compañías.
De acuerdo con un informe presentado por el vicepresidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Vladimir Werning, las firmas pudieron transferir al exterior un total de USD 2.600 millones en concepto de utilidades durante el primer semestre, un nivel que no se registraba desde hace más de diez años.
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Werning remarcó que este crecimiento en los pagos al exterior sucede en un escenario de mayor libertad cambiaria para las empresas, a pesar de que los precios internacionales de las exportaciones agrícolas resultan menos favorables.
El directivo del BCRA subrayó que actualmente existe “libertad de pagos para las empresas de importaciones, deuda y de dividendos” y que, además, se flexibilizó el plazo para realizar estas operaciones.
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El reporte oficial también mencionó avances en la resolución de la deuda comercial privada. A través de los pagos del bono para importadores, conocido como Bopreal, se logró regularizar el 50% del stock de deuda comercial acumulada hasta diciembre de 2023. Esta mejora se reflejó en el saneamiento progresivo de los compromisos externos de las empresas.
Por otra parte, las autoridades del Central señalaron que las restricciones cambiarias que aún permanecen vigentes no afectan la operatoria habitual de las compañías, ya que se limitan principalmente a operaciones apalancadas, atesoramiento de dólares fuera del país y arbitrajes en mercados múltiples, sin impacto relevante sobre la economía real.
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La flexibilización implementada por el Banco Central a partir de la Comunicación “A” 8226, emitida el 11 de abril de 2025 y efectiva desde el 14 del mismo mes, permitió a las entidades financieras autorizar transferencias de utilidades y dividendos al exterior a través del Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). Esta medida solo abarca ganancias generadas en ejercicios iniciados desde el 1° de enero de 2025, por lo que los dividendos acumulados en años previos bajo controles cambiarios permanecen sujetos a restricciones.
Historia breve del cepo cambiario
El control sobre el acceso a divisas, conocido como “cepo cambiario”, se reinstauró el 1° de septiembre de 2019 tras los resultados de las elecciones primarias de ese año, mediante el Decreto 609/2019 y la Comunicación “A” 6770 del BCRA. Desde ese momento, el envío al exterior de utilidades y dividendos quedó supeditado a autorizaciones excepcionales, lo que en la práctica limitó la repatriación de ganancias para empresas extranjeras durante varios años.
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Esta política incidió en las estrategias de inversión de numerosas compañías. La imposibilidad de transferir dividendos llevó a algunas multinacionales a ralentizar sus desembolsos en el país y obligó a otras a reinvertir sus utilidades localmente o a mantener fondos sin poder transferirlos fuera de la Argentina.
El proceso de desregulación cambiaria se inició con la llegada del gobierno de Javier Milei en diciembre de 2023. La primera etapa estuvo dirigida a personas físicas: en abril de 2025 se levantó el tope de USD 200 mensuales para la adquisición de dólares, se eliminaron los límites relacionados con subsidios y empleo público, y se derogaron las restricciones que impedían acceder al MULC a quienes hubieran operado con dólar MEP o contado con liquidación en los 90 días previos. Para las empresas, el régimen de controles se mantiene vigente hasta el presente.
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En mayo de 2026, el presidente del Banco Central, Santiago Bausili, confirmó que la institución no prioriza levantar las restricciones sobre personas jurídicas. “Nos preocupa más el funcionamiento del comercio exterior que la posibilidad de que las empresas puedan atesorar dólares. Nuestra prioridad es el funcionamiento de la economía”, afirmó durante una conferencia de prensa.
Las limitaciones actuales para el sector empresarial incluyen la prohibición de comprar dólares para atesoramiento, restricciones para cancelar deudas financieras con firmas vinculadas anteriores a diciembre de 2023 —que en su mayoría deben gestionarse a través del bono Bopreal— y la exigencia de una espera de 90 días para pagos de servicios a empresas vinculadas. Además, la restricción cruzada sigue vigente: quienes acceden al mercado oficial de dólares quedan impedidos de operar con dólar MEP o contado con liquidación por un período de 90 días.
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