
El Poder Ejecutivo dispuso un refuerzo extraordinario para la prestación de la Ayuda Escolar Anual, que se abonará durante marzo de 2026 y busca asegurar un piso mínimo de $85.000 por hijo para los beneficiarios del programa. La decisión, oficializada mediante el Decreto 115/2026, responde a la necesidad de acompañar a las familias argentinas frente al impacto económico del inicio del ciclo lectivo.
La medida establece un pago adicional por única vez que complementa el monto habitual de la Asignación por Ayuda Escolar Anual. El refuerzo consiste en una suma de dinero equivalente a la diferencia necesaria para alcanzar los $85.000 por cada hijo. Quienes ya reciban una asignación igual o superior a ese valor no accederán al beneficio adicional. El objetivo central es que ningún beneficiario perciba un monto inferior al que se fijó en 2025, manteniendo el poder adquisitivo ante la evolución de los precios y el contexto social.
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Quiénes pueden acceder al refuerzo extraordinario
La prestación está destinada a alumnos de educación inicial, primaria, secundaria y polimodal en todo el país. Pueden inscribirse niños y adolescentes entre 4 y 17 años cumplidos que asistan regularmente a establecimientos educativos públicos o privados de enseñanza oficial. Es requisito contar con la condición de alumno regular.
Para hijos con discapacidad, la prestación no tiene límite de edad, siempre y cuando se acredite la escolaridad en instituciones reconocidas. El objetivo es abarcar tanto a menores como a jóvenes y adultos con discapacidad que participan de propuestas educativas diferenciales.
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El esquema de la Ayuda Escolar Anual, regulado por la Ley N° 24.714, contempla la cobertura a trabajadores en relación de dependencia tanto del sector privado como del sector público nacional, beneficiarios de regímenes previsionales, personas inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, titulares del Seguro de Desempleo, titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensiones no contributivas por invalidez y la Pensión Universal para el Adulto Mayor. También incluye a quienes perciben la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Topes de ingresos para percibir la Ayuda Escolar
La condición de acceso al beneficio depende de los ingresos familiares. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció topes que determinan la inclusión o exclusión del grupo familiar. Para febrero de 2026, el tope máximo de ingreso del grupo familiar se fijó en $5.292.758, mientras que el máximo individual para cada integrante es de $2.646.379. El Estado excluye de la asignación a quienes superan cualquiera de estos límites.
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En el caso de hijos con discapacidad, no existen topes de ingresos, lo que garantiza la cobertura universal para estos beneficiarios, siempre y cuando se cumpla con la acreditación de la escolaridad en establecimientos oficiales o privados habilitados.
En detalle, así quedan los topes:
- Tope máximo de Ingreso del Grupo Familiar: $ 5.292.758
- Tope máximo de cada integrante del Grupo Familiar: $ 2.646.379
Dinámica del pago y operatividad
El refuerzo extraordinario se aplicará de forma automática y por única vez en marzo de 2026, en coincidencia con el pago masivo habitual de la Ayuda Escolar Anual. El pago adicional solo lo recibirán quienes, por el cálculo regular de la asignación, perciban un importe inferior a $85.000. Si el valor de la ayuda ya iguala o supera ese monto, no corresponderá el pago del refuerzo.
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El Ministerio de Capital Humano, a través de la Subsecretaría de Seguridad Social, y la ANSES tienen la responsabilidad de dictar las normas operativas y complementarias para implementar la medida. La Jefatura de Gabinete de Ministros deberá realizar los ajustes presupuestarios pertinentes para garantizar la disponibilidad de los recursos necesarios durante la aplicación del refuerzo.
La prestación de Ayuda Escolar Anual se abona en el mes de marzo y está orientada a solventar gastos vinculados al ciclo lectivo, como materiales, uniformes y otros insumos esenciales para la concurrencia a clases. El Estado reconoce el impacto económico que genera el inicio de clases y busca sostener la capacidad de respuesta frente al aumento de los costos para las familias.
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Criterios de actualización y excepciones
La referencia al monto de $85.000 funciona como un piso garantizado respecto de lo percibido en marzo de 2025, según dispuso el Decreto 63/25. El mecanismo de refuerzo se activa únicamente si el monto habitual de la asignación resulta inferior a ese valor. El Estado abona la diferencia en esos casos para asegurar que el poder adquisitivo de la prestación no se vea reducido por el contexto económico.
La vigencia de la medida es inmediata a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial. La Dirección Nacional del Registro Oficial debe encargarse de la comunicación y registro de la disposición.
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Quiénes quedan excluidos del refuerzo
Quedan excluidos del refuerzo extraordinario quienes, por el monto regular de la Asignación por Ayuda Escolar Anual, ya perciban $85.000 o más. En esos casos, el Estado considera que la prestación cumple con el piso de ingresos establecido y no corresponde el pago del adicional.
El diseño del beneficio apunta a consolidar un ingreso mínimo para cada hogar con menores en edad escolar ante la actualización anual y la variación de los precios. El mecanismo de aplicación automática garantiza que las familias reciban el pago sin necesidad de realizar gestiones adicionales, siempre que cumplan con los requisitos de regularidad escolar y acreditación de datos ante la ANSES.
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Cobertura y alcance
La medida impacta en todo el territorio nacional y abarca a todas las jurisdicciones, tanto en el ámbito público como privado. La prestación reconoce la diversidad de situaciones familiares y educativas, incluyendo a alumnos de educación diferencial sin limitación de edad ni restricciones por ingresos en el caso de discapacidad.
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