El Gobierno extendió otros 5 días la conciliación obligatoria en el conflicto con controladores aéreos

La medida impide la aplicación de huelgas durante la vigencia del plazo, mientras continúa el proceso de diálogo entre las partes involucradas

Aeroparque
La Secretaría de Trabajo prorrogó la conciliación obligatoria en el conflicto que involucra a controladores aéreos y la empresa estatal
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La Secretaría de Trabajo resolvió ampliar la conciliación obligatoria por cinco días hábiles en el conflicto gremial que involucra a la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) y la Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (ATEPSA). Esta decisión, que rige hasta el 26 de enero a las 8, mantiene suspendidas todas las medidas de fuerza que el sindicato podría impulsar. Las normas administrativa permiten al Gobierno una extensión más de la conciliación obligatoria, lo que permitiría postergar los efectos del diferendo sobre los pasajeros otra semana más allá de la que se extendió hoy, de ser necesario.

El organismo laboral convocó a una nueva audiencia entre las partes para el viernes 23 a las 11, luego de analizar el estado de la negociación y el impacto potencial que tendría una interrupción de los servicios de navegación aérea. De esta manera, los vuelos y el funcionamiento de la red aeroportuaria permanecerán sin alteraciones hasta la fecha señalada.

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La EANA presta servicios esenciales de navegación aérea y, según la normativa vigente, el sindicato no puede declarar paros de manera sorpresiva ni inmediata. La regulación exige que cualquier medida de fuerza sea comunicada con una anticipación mínima de cinco días y que no afecte a más del 45% de las operaciones totales, justamente para garantizar la continuidad de actividades consideradas esenciales para el país.

Durante el período de conciliación obligatoria, ATEPSA no tiene permitido llevar adelante ninguna acción sindical que impacte en las operaciones aéreas. Esta restricción busca evitar que los usuarios, trabajadores y el sistema en su conjunto enfrenten perjuicios derivados de una eventual paralización.

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El proceso de conciliación se activó en el marco de una disputa laboral en la que el sindicato reclama mejoras y la empresa solicita tiempo para continuar el diálogo. Al declarar la prórroga, la Secretaría de Trabajo ratificó la vigencia de las condiciones que impiden cualquier tipo de paro, suspensión de tareas o reducción de servicios.

ATEPSA no puede impulsar medidas de fuerza mientras siga vigente la medida dictada por la autoridad laboral (ENAIRE / Europa Press)
ATEPSA no puede impulsar medidas de fuerza mientras siga vigente la medida dictada por la autoridad laboral (ENAIRE / Europa Press)

La extensión de la conciliación obligatoria responde a la necesidad de sostener el diálogo abierto entre la empresa y los trabajadores, y de proteger a los pasajeros y al sistema aeronáutico de posibles afectaciones durante la temporada de alta demanda. La normativa vigente determina que la prestación de los servicios de navegación aérea tiene carácter esencial, lo que impone límites estrictos a las medidas de fuerza y establece mecanismos para prevenir conflictos que puedan derivar en la suspensión masiva de vuelos.

La nueva audiencia prevista para el 23 de enero constituye una instancia clave para que ambas partes expongan sus posiciones y busquen puntos de acuerdo. En este contexto, la EANA reiteró su voluntad de diálogo y su objetivo de alcanzar una solución consensuada que evite el daño a los usuarios del sistema aeronáutico.

La extensión del plazo de conciliación, junto con la convocatoria a una nueva reunión, representa un intento de continuar el proceso de negociación colectiva sin afectar el funcionamiento de los servicios aéreos. La Secretaría de Trabajo, por su parte, mantiene la supervisión del conflicto y las condiciones de la conciliación, enfatizando la importancia de preservar la normalidad en la prestación de servicios críticos.

Las reglas vigentes durante la conciliación obligatoria exigen que el sindicato, en caso de definir medidas de fuerza una vez vencido el plazo, presente un cronograma con cinco días de antelación. Además, la afectación máxima permitida no puede superar el 45% de las operaciones, lo que limita el impacto de eventuales paros y permite a las autoridades y a los usuarios anticipar posibles complicaciones.

EANA sostiene su compromiso con el proceso conciliatorio y su disposición a continuar el diálogo hasta alcanzar una salida al conflicto. El objetivo declarado por la empresa consiste en evitar que las medidas gremiales generen consecuencias negativas sobre los pasajeros, los trabajadores y el sistema aeronáutico en su conjunto.

El conflicto entre la empresa y el gremio se desarrolla en un contexto marcado por una alta demanda de vuelos y una atención pública especial sobre el normal funcionamiento de los servicios de navegación. La intervención de la Secretaría de Trabajo busca equilibrar los intereses de las partes y garantizar la continuidad operativa del sistema.

La normativa sobre servicios esenciales y la obligación de anticipar cualquier medida de fuerza funcionan como herramientas para preservar la estabilidad en el sector, mientras se prolonga la negociación entre EANA y ATEPSA.

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