
Con la llegada de diciembre, comienzan a regir los nuevos cuadros tarifarios para los servicios de gas natural y energía eléctrica en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), tras la aprobación de una serie de resoluciones por parte de los entes reguladores nacionales. Las medidas, que afectan tanto a usuarios residenciales como a comercios, industrias y entidades de bien público, responden a la política de actualización de precios y tarifas impulsada por el Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía, en el marco de la continuidad de la emergencia energética y la revisión quinquenal de tarifas.
En el caso del gas natural, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dispuso, mediante las resoluciones 917/2025 y 919/2025, la aprobación de los nuevos cuadros tarifarios para Metrogas S.A. y Naturgy BAN S.A., respectivamente.
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Con estas actualizaciones, publicaron cómo quedaron conformadas las tarifas de los usuarios finales, que reflejarán los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), conforme a los valores fijados por la Secretaría de Energía en el marco del Plan Gas.Ar.
De hecho, la semana pasada oficializaron la suba del PIST, por lo que Ministro de Economía consideró que resulta “razonable y prudente continuar para el mes de diciembre de 2025 con el sendero de actualización de los precios y tarifas del sector energético”, y precisó que “las tarifas correspondientes a los segmentos de transporte y distribución de gas natural deberán ser fijadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS)”.
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En este contexto, la revisión quinquenal de tarifas (RQT) para ambas distribuidoras fue aprobada, estableciendo que los incrementos resultantes se implementarán en 31 aumentos mensuales y consecutivos. La actualización tarifaria también contempla la variación mensual de los índices de precios internos y de consumo, conforme a la metodología definida en las Reglas Básicas de las Licencias (RBL), modificadas por la Secretaría de Energía y aceptadas por las licenciatarias.
En consecuencia, los nuevos cuadros tarifarios para Metrogas S.A. y Naturgy BAN S.A. incluyen los precios actualizados del gas en el PIST, el siguiente escalón de la RQT y la actualización mensual prevista en las RBL.
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En cuanto a los valores específicos, para usuarios residenciales de Metrogas S.A. en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Conurbano bonaerense, el cargo fijo mensual para la categoría R1 se ubica en $3.419,35, mientras que para la categoría R4 asciende a $81.691,57. El precio del gas en el PIST es de $154,96 por metro cúbico, con un precio incluido en los cargos por consumo de $128,79 por metro cúbico y un costo de transporte de $88,48 por metro cúbico. La composición del costo de transporte muestra una participación del 54,14% para TGS-Nqn-GBA y del 28,77% para TGS-TdF-GBA, entre otros componentes.
Para Naturgy BAN S.A., que opera en el norte del Gran Buenos Aires, el cargo fijo mensual para la categoría R1 es de $2.802,39, y para la categoría R4 alcanza los $30.008,88. El precio del gas en el PIST es de $157,12 por metro cúbico, con un precio incluido en los cargos por consumo de $136,35 por metro cúbico y un costo de transporte de $70,64 por metro cúbico. En la composición del costo de transporte, TGS-Nqn-GBA representa el 62,02% y TGN-Nqn-GBA el 25,97%.
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Las resoluciones también contemplan tarifas diferenciales para entidades de bien público y clubes de barrio, así como para usuarios abastecidos con gas propano/butano indiluido distribuido por redes en localidades específicas, como Tres Sargentos y Cucullú.
Además, se establecieron los importes máximos de tasas y cargos autorizados a cobrar por diversos conceptos, como exámenes para instaladores, matrículas, reconexiones y servicios técnicos.
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Subas en las boletas de luz
Con respecto a la energía eléctrica, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó, mediante las resoluciones 797/2025 y 798/2025, los nuevos cuadros tarifarios para EDESUR S.A. y EDENOR S.A., que regirán desde el 1 de diciembre de 2025.
Estas resoluciones se basan en la actualización de los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estacional de Transporte (PET), conforme a lo dispuesto por la Secretaría de Energía para el período diciembre 2025-abril 2026.
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En los considerandos de las normas, el Ministro de Economía sostuvo que, en lo que se refiere a la energía eléctrica, “el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) aplicable al sector residencial, de conformidad con lo previsto en el punto 7.3.1 del Anexo I ‘Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva’ de la Resolución SE N° 400 de fecha 20 de octubre de 2025, deberá incrementarse en un tres coma veintisiete por ciento (3,27%) y que el Precio Estacional del Transporte en Alta Tensión deberá ajustarse en un cinco coma ochenta y siete por ciento (5,87%)”.
En ese sentido, las tarifas de transporte y distribución eléctrica también se ajustan conforme a las revisiones quinquenales y a la fórmula de indexación mensual, que pondera en un 67% el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y en un 33% el Índice de Precios al Consumidor (IPC), ambos publicados por el INDEC. Para EDESUR S.A., el Costo Propio de Distribución (CPD) se incrementa un 1,86% respecto a noviembre de 2025, mientras que para EDENOR S.A. el aumento es del 1,93%.
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De igual forma, los nuevos cuadros tarifarios para ambas distribuidoras mantienen los valores diferenciados para usuarios residenciales de los niveles 1, 2 y 3, así como para clubes de barrio, entidades de bien público y usuarios-generadores.
Además, fijaron los montos que deberán identificarse en las facturas como “Costo del Mercado Eléctrico Mayorista” y “Subsidio Estado Nacional”, de acuerdo con el consumo mensual de cada usuario.
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En línea con lo establecido, el valor del VAD Medio al 1 de diciembre de 2025 se fija en $50,854 para EDESUR S.A. y en $55,121 para EDENOR S.A.
Por último, se determinaron los valores del Costo de la Energía Suministrada en Malas Condiciones (CESMC) y del Costo de la Energía No Suministrada (CENS) que ambas empresas deberán aplicar a partir de esa fecha.
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