Cambios en el régimen de empleadas domésticas: habilitan a pagar los aportes por débito automático

Las actualizaciones llegan una semana después de que el Ejecutivo convoque a discutir paritarias. La reunión se realizará hoy cerca del mediodía

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Modificaron el régimen de empleadas
Modificaron el régimen de empleadas de casas particulares (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso nuevas medidas para la gestión y el pago de aportes a la seguridad social del personal de casas particulares.

La Resolución General 5723/2025, firmada por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo y publicada este lunes 14 de julio en el Boletín Oficial, introduce cambios en los procedimientos de registro y amplía las modalidades de pago para empleadores y trabajadores del sector.

La resolución afecta a empleadores y trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, regulado por la Ley 26.844. El documento modifica y actualiza normativas previas, entre ellas las Resoluciones Generales 3.491, 3.693 y 5.409, con el objetivo de mejorar la administración de la información y facilitar el cumplimiento de las obligaciones previsionales.

La resolución afecta a empleadores
La resolución afecta a empleadores y trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Imagen ilustrativa Infobae)

Uno de los puntos centrales de la resolución es la incorporación de la actualización de oficio del Registro Especial del Personal de Casas Particulares. Según el texto, cuando ARCA detecte datos desactualizados o incorrectos en el registro, podrá corregirlos de manera automática. Esta actualización será notificada al empleador a través del Domicilio Fiscal Electrónico o por otros medios.

El documento aclara que “las modificaciones y actualizaciones realizadas de oficio por este Organismo serán puestas en conocimiento del empleador mediante una comunicación en el Domicilio Fiscal Electrónico [...] o por cualquier otro medio que se estime pertinente”.

En cuanto a los pagos, la resolución amplía las formas habilitadas para cancelar las obligaciones de la seguridad social. A partir de ahora, los empleadores podrán optar por depósito en sucursal bancaria, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito (incluyendo débito automático), débito en cuenta a través de cajeros automáticos, débito directo en cuenta bancaria, plataformas de pago electrónico o digitales, “homebanking”, billeteras virtuales, código QR y cualquier otro medio electrónico admitido por el Banco Central e implementado por ARCA.

El texto establece que “los pagos de los importes correspondientes a los conceptos a que se refiere el presente Título, deberán efectuarse mediante alguna de las siguientes formas: [...] plataformas de pago electrónico o digitales, ‘homebanking’, billeteras virtuales y código de respuesta rápida ‘QR’”.

La resolución amplía las formas
La resolución amplía las formas habilitadas para cancelar las obligaciones de la seguridad social

La resolución también detalla que las modificaciones de datos en el registro, realizadas hasta el último día de cada mes, tendrán efecto para las obligaciones cuyo vencimiento ocurra en el mes siguiente, salvo que el pago se realice mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, billeteras virtuales, tarjeta de crédito o código QR, en cuyo caso el cambio se reflejará de inmediato. Además, se aclara que no se admitirán pagos parciales y que los comprobantes de pago serán emitidos tanto para el empleador como para el trabajador, según corresponda.

Otro aspecto relevante es la derogación de los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución General 5.409, lo que implica la eliminación de ciertas disposiciones previas sobre modalidades de pago y gestión de información. La resolución también establece que toda referencia a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la Resolución General 3.491 debe entenderse ahora dirigida a ARCA.

El proceso de elaboración de la resolución contó con la intervención de la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Institucional, Sistemas y Telecomunicaciones, Técnico Legal Impositiva y la Dirección General Impositiva.

Con estas modificaciones, el organismo busca optimizar la gestión de la información y facilitar el cumplimiento de las obligaciones previsionales para empleadores y trabajadores del sector de casas particulares en todo el país.

Convocaron a negociar paritarias

Hace una semana, en un contexto de meses de congelamiento, el Gobierno convocó a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que se encarga de llevar adelante la revisión de los salarios de empleadas domésticas.

El encuentro se realizará este lunes a las 11:30 en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, con posibilidad de participación virtual si se solicita.

Los salarios del sector, que abarca a más de 1,2 millones de trabajadores, permanecen sin cambios desde febrero, cuando se definió el único incremento anual del 2,5%, por lo que se ubican por debajo de una inflación acumulada de 13,3% en los primeros cinco meses de 2025.

En la reunión se prevé que se definirá un nuevo aumento para los próximos meses, buscando compensar parte de la pérdida de poder adquisitivo frente a la variación de los precios en lo que va del año.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares es un organismo tripartito dependiente del Ministerio de Capital Humano de la Nación, Secretaría de Trabajo. Fue creada por la Ley 26.844 (Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares) sancionada en 2013. Tiene carácter permanente y su función principal es regular las condiciones laborales del sector de trabajadoras y trabajadores de casas particulares.

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