Simplifican trámites y amplían permisos para el trabajo aéreo: el detalle de los cambios

Mediante la resolución 265 publicada en el Boletín Oficial, la autoridad aeronáutica permite obtener el Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo con menos requisitos y habilita más actividades sin necesidad de renovaciones periódicas

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Fumigación en el campo
Las actividades comprendidas dentro del trabajo aéreo incluyen tareas como fumigación y riego en el sector agropecuario, servicios de pesca, fotografía y filmación aérea, vuelos deportivos y recreativos, entre otras

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó una nueva normativa que transforma el proceso de autorización para la prestación de servicios de Trabajo Aéreo en la Argentina. Con la publicación de la Resolución N° 265/2025, la autoridad aeronáutica introduce un esquema más ágil, simplificado y adaptado a las necesidades actuales del sector, con el objetivo de promover una mayor eficiencia operativa y facilitar la expansión de actividades comerciales no regulares vinculadas a la aviación.

A partir de esta resolución, los operadores que deseen obtener el Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA) podrán hacerlo presentando únicamente una declaración jurada, en la que deberán acreditar su domicilio legal en el país, su capacidad económica para llevar adelante las operaciones, información detallada sobre la base desde la que operarán y el listado de aeronaves a utilizar. Este trámite sustituye el esquema anterior, que implicaba una carga administrativa más compleja y demorada.

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Una vez completada esta presentación, la ANAC expedirá el CETA, habilitando a los solicitantes a realizar la totalidad de las actividades comprendidas dentro del Trabajo Aéreo, según lo tipificado por el Decreto 599/2024. Estas incluyen tareas como fumigación y riego en el sector agropecuario, servicios de pesca, fotografía y filmación aérea, vuelos deportivos y recreativos, inspección de infraestructura, patrullaje de áreas rurales o marítimas, y publicidad aérea, entre otras.

La única excepción destacada en la resolución es la actividad de traslado de personas en aeronaves de hasta seis plazas, que no se encuentra amparada por el CETA. Esta exclusión responde a una diferenciación operativa y normativa con el transporte aerocomercial, que mantiene su propia regulación.

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Uno de los cambios más relevantes del nuevo esquema es que el certificado ya no tendrá una fecha de vencimiento ni requerirá renovaciones periódicas. Este aspecto representa un alivio importante para los operadores, que podrán planificar su actividad con mayor previsibilidad. No obstante, la ANAC se reserva la facultad de suspender o revocar el certificado, si se detecta algún incumplimiento de los requisitos legales, operativos o de seguridad establecidos al momento de su emisión.

Con la resolución 265, la ANAC introdujo un esquema más ágil, simplificado y adaptado a las necesidades actuales del sector de trabajo aéreo
Con la resolución 265, la ANAC introdujo un esquema más ágil, simplificado y adaptado a las necesidades actuales del sector de trabajo aéreo

Además, aquellos titulares de un CETA que deseen incorporar nuevas actividades dentro del Trabajo Aéreo deberán informar a la ANAC por única vez antes de comenzar a ejecutarlas. También deberán cumplir con las normativas específicas aplicables a la nueva actividad e incluir la cobertura de seguros correspondientes.

Esta reforma normativa se inscribe en una estrategia de modernización más amplia que impulsa la ANAC para mejorar los procesos administrativos y responder a los desafíos del contexto internacional. Desde el organismo señalan que la meta es adaptar el sistema aeronáutico argentino a un entorno que exige mayor agilidad y competitividad, sin descuidar los estándares de seguridad y control.

El nuevo procedimiento también podría tener un impacto positivo en la actividad económica, particularmente en regiones del país donde el Trabajo Aéreo cumple un rol esencial para sectores como la agricultura, la minería, la vigilancia ambiental y el turismo. La simplificación del acceso al CETA permitirá a más operadores formalizar sus actividades, dinamizar sus operaciones y generar nuevas oportunidades laborales y de inversión.

Por otro lado, al eliminar el requisito de renovación, la ANAC disminuye significativamente la carga de gestión para su propio equipo técnico, permitiendo reasignar recursos hacia tareas de fiscalización, capacitación y control operativo. Esto podría traducirse en un sistema más eficiente, con mayor capacidad de respuesta ante situaciones críticas y con mejores condiciones para garantizar la seguridad aérea en todas las etapas del proceso.

La implementación del nuevo régimen también refuerza la tendencia hacia una administración pública más moderna, centrada en la digitalización, la simplificación de procesos y el acompañamiento del desarrollo productivo. En un escenario donde las demandas de los operadores cambian con rapidez y donde la innovación tecnológica redefine permanentemente las formas de prestar servicios, la flexibilidad normativa se vuelve una herramienta clave para el crecimiento del sector.

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