ARCA estableció los nuevos criterios para la clasificación de grandes contribuyentes

La medida se hizo oficial mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general 5670/2025

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La Agencia de Recaudación y
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Ex Afip)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó una resolución general que establece los criterios y procedimientos para la clasificación de grandes contribuyentes. Dicha medida se encuadra bajo la jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, dependiente de la Dirección General Impositiva (DGI).

En este contexto, la DGI se ocupará de coordinar las acciones de fiscalización, percepción y aplicación de tributos interiores y recursos de la seguridad social para un segmento específico de contribuyentes, según criterios objetivos previamente definidos.

De esta manera, el artículo primero de la RG 5670/2025 establece que dicha área “será la encargada de determinar la nómina de contribuyentes y responsables comprendidos en el ámbito de actuación” considerando los parámetros de segmentación por importancia, sector económico u otras condiciones específicas que se establezcan.

En cuanto a los criterios que se tendrán en cuenta se destacan la magnitud de las obligaciones tributarias activas, las declaraciones juradas presentadas y el volumen de ventas y exportaciones. También se contemplarán la cantidad de empleados, los movimientos de fondos, las operaciones con divisas, las tenencias patrimoniales y las relaciones comerciales o societarias. La metodología también contempla la capacidad operativa de las unidades administrativas a cargo de gestionar a los contribuyentes incluidos.

Las revisiones sobre dicho listado —considerado a partir del volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo o por control— se realizará en un periodo de dos años conforme lo establece el texto. En ese sentido, la normativa señala que “la nómina de contribuyentes y responsables prevista en el artículo precedente se revisará con una periodicidad bienal”.

No obstante, la norma admite una flexibilidad limitada para incorporar hasta un 10% adicional de contribuyentes fuera de este plazo, siempre que existan razones fundadas y se mantenga la aplicación de los criterios de segmentación establecidos. En este aspecto tendrá plena decisión la DGI “considerando los parámetros de segmentación por importancia, sector económico u otras condiciones específicas a que se refiere el artículo 1°”.

Entre los sujetos que quedarán automáticamente comprendidos en la nómina, desde el momento en que cumplan determinadas condiciones, se incluyen quienes estén obligados a presentar el “Informe país por país”, según lo dispuesto por la Resolución General 4130 y sus modificaciones; aquellos que hayan formalizado una “Determinación Conjunta de Precios de Operaciones Internacionales”; y los contribuyentes que desarrollen actividades económicas consideradas de alta complejidad o especificidad.

También se integrarán los denominados Vehículos de Proyecto Único (VPU) con Clave Única de Identificación Tributaria especial, dedicados a llevar a cabo un proyecto de inversión que califique como Gran Inversión, así como las personas jurídicas creadas exclusivamente para formar parte de estos vehículos.

Según el texto aprobado, esta medida busca dotar de mayor eficacia al seguimiento, fiscalización y asistencia de los contribuyentes de gran escala, con el propósito de fortalecer el cumplimiento voluntario y mejorar el control sobre sectores de relevancia económica, a partir de su entrada en vigencia desde su reciente publicación en el Boletín Oficial.

Además, se estableció que “la incorporación y/o desafectación de contribuyentes y responsables a la nómina aludida en el artículo 1° se formalizará mediante acto administrativo emitido por la Dirección General Impositiva, el que será notificado al Domicilio Fiscal Electrónico o a través de las restantes formas previstas en el artículo 100 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones”.

El documento lleva la firma de Juan Alberto Pazo, quien en diciembre de 2024 asumió el rol de titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, quien se desempeñaba como secretario coordinador del Ministerio de Producción. Su incorporación se dio a partir de la salida de Florencia Misrahi.

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