
En el marco del proceso que inició el Gobierno nacional contra los fondos, el Ejecutivo modificó las bases del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Administración de la Seguridad Social (ANSES) y el organismo no podrá otorgar créditos que se financien con ese dinero.
La decisión se hizo oficial mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 1039/2024, mediante el cual se derogan algunas cuestiones de la Ley N° 24.241, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
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En ese sentido, la medida deja sin efecto los incisos m) y n) del artículo 74 de la legislación mencionada, que establecían que la ANSES podía invertir el dinero del fondo en “contratos que se negocien en los mercados de futuros y opciones sujetos al contralor y supervisión oficial” y en “cédulas hipotecarias, letras hipotecarias y otros títulos valores que cuenten con garantía hipotecaria o cuyos servicios se hallen garantizados por participaciones en créditos con garantía hipotecaria”:
El Gobierno nacional considera que el FGS “no fue creado para funcionar como un fondo de crédito, sino para organizar la sustentabilidad del referido sistema y, por lo tanto, sus activos deben ser invertidos en instrumentos que garanticen la preservación de su valor”.
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“Durante el año 2023, la línea de créditos para trabajadores se ofreció con una Tasa Nominal Anual del 50%, mientras que la inflación anual registrada fue del 211,4 %, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), lo que evidencia un perjuicio significativo en términos reales para los activos del FGS que atenta contra la preservación y sostenibilidad del mencionado Fondo”, ejemplificaron en el considerando de la norma.

En este contexto, explicaron que “ofrecer créditos a tasas reales negativas implica un subsidio implícito a los beneficiarios de dichos créditos, en detrimento de los activos del Fondo y, por ende, de todo el resto de los beneficiarios y aportantes del Sistema Previsional”. De esta manera, alegaron que esta actividad puede ser desempeñada de manera eficiente y competitiva por el sector privado.
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“Tanto las instituciones financieras públicas como las privadas poseen líneas de crédito activas dirigidas a jubilados y pensionados, lo que evidencia la capacidad del sistema financiero para atender esta demanda”, mencionaron. A su vez, señalaron que “fomentar la inclusión financiera a través del sector privado permitirá una diversificación de las fuentes de financiamiento para las personas jubiladas, pensionadas y beneficiarias de otras prestaciones a cargo de la ANSES, aliviando su presión y contribuyendo a la preservación de los recursos del FGS”.
El Ejecutivo señaló que la ampliación de las facultades de la ANSES en el otorgamiento de créditos “aparta al organismo de su objeto principal y configura un perjuicio sobre los recursos del Fondo, que afecta y condiciones su sustentabilidad”.
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Además, esta decisión se enmarca en la declaración de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social, que rige hasta el 31 de diciembre de 2025.
Según el Gobierno, esta emergencia “implica la necesidad de reevaluar los instrumentos de inversión del FGS, establecidos en el artículo 74 de la Ley N° 24.241, con el objetivo de cesar aquellas inversiones que resulten no rentables, con el fin de asegurar la preservación del capital y la optimización de la rentabilidad de los recursos del citado Fondo, de modo de lograr una gestión más eficiente en la atención del bien común”.
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El decreto está avalado también por la Ley de Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos, mediante la cual se delegaron en el Ejecutivo las facultades vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia. Dentro de ellas, se encuentran mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública, transparente, ágil, eficiente, eficaz y calidad.
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