Menos cepo: cómo funcionará la nueva medida del BCRA que facilitará pequeños pagos en dólares al exterior

Una norma de la autoridad monetaria facilita giros para cancelar obligaciones por importaciones debajo de los USD 100.000. Hasta ahora, las empresas debían informar con antelación todo pago de más de USD 10.000

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El BCRA libera de a poco pequeñas trabas que forman parte del control de cambios (Reuters)
El BCRA libera de a poco pequeñas trabas que forman parte del control de cambios (Reuters)

El directorio del Banco Central (BCRA) modificó dos trabas que pesan sobre las operaciones en el mercado único y libre de cambios (MULC), lo que supone una leve liberalización de las trabas cambiarias que todavía rigen en el país. A través de una comunicación a bancos, la entidad conducida por Santiago Bausili elevó el nivel a partir del cual es necesario informar compras de dólares con antelación, facilitando las operaciones de bajos montos, y eliminó un registro para importadores al que era necesario adherirse para poder hacer pagos de comercio exterior.

El BCRA publicó la Comunicación A 8085 que modifica normas de Exterior y Cambios, la densa reglamentación que sostiene el “cepo” cambiario. Las modificaciones no son de enorme relevancia, pero van en dirección a la liberalización del mercado de divisas, como ya había hecho el mes pasado cuando estableció que las personas que recibieron ayuda salarial del Estado durante la pandemia a través del programa ATP y quienes tienen subsidios a las tarifas estarán habilitados a comprar dólares en el mercado financiero a través de las cotizaciones MEP y contado con liquidación.

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La nueva norma llega a los usuarios en forma indirecta. En si, modifica la vida cotidiana de las mesas de operaciones y los departamentos de comercio exterior de los bancos. Pero, por traslado, hace más sencillo el acceso al MULC para los clientes.

El primero punto de la comunicación establece “que a partir del 14 de agosto el monto diario a partir del cual será necesario haber cumplimentado el régimen informativo de «Anticipo de operaciones» cambiarias previsto en el punto 3.16.1. de las normas sobre «Exterior y cambios» como requisito de acceso al mercado de cambios, se incrementará al equivalente a USD 100.000 (dólares estadounidenses cien mil)”.

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Hasta el momento, las normas cambiarias vigentes forzaban a los bancos a remitir al BCRA, al cierre de cada jornada y con una antelación de 2 días hábiles, la información sobre operaciones a realizar por solicitud de clientes u operaciones propias de la entidad en carácter de cliente, que implicaran un acceso al mercado de cambios por un monto diario que sea igual o superior al equivalente a USD 10.000. Era, si se quiere, el nivel de radar -muy bajo- a partir del cual el Central forzaba a informar con antelación. Al elevar a USD 100.000 ese nivel del radar, las operaciones pequeñas quedan facilitadas.

El ministro de Economía, Luis Caputo, y el presidente del Banco Central, Santiago Bausili
El presidente del Banco Central, Santiago Bausili (Gustavo Gavotti)

El beneficio pesa para pequeños pagos, desde importaciones de insumos para el trabajo cotidiano de empresas grandes o pequeñas y, por ejemplo, el pago de servicios digitales como los sistemas de gestión que muchas firmas argentinas contratan en el exterior.

“Parece chiquito, pero no sabés el alivio que genera eso. La verdad que lo del tema de la calendarización por USD 10.000 es una patada en los dientes, porque el cliente tenía que siempre tener previsto 48 horas antes la información al BCRA no solamente del importe, sino el código, el concepto y el proveedor”, dijo un corredor de cambios a Infobae. “Yo esta semana tuve lío con un tipo que por la calendarización no podía pagar USD 11.000″, agregó.

El segundo punto de la comunicación A 8085, mientras tanto, elimina el Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes que también trababa pagos al exterior y cobros ingresantes al país.

Hasta ahora, regía la obligatoriedad de inscripción en el registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes tanto para personas humanas como jurídicas, si el cliente era un sujeto obligado a cumplimentar el presente registro y el estado de su trámite.

El primer cambio empieza a regir desde el 14 de agosto, mientras que el segundo desde hoy mismo.

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