La AFIP derogó un polémico régimen que para los contadores violaba el secreto profesional

El organismo que conduce Carlos Castagneto publicará mañana la resolución correspondiente para dejar sin efecto la 4838 /2020 y dará lugar a un esquema acordado con los consejos profesionales de ciencias económicas de todo el país

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El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, con los contadores, para rever una polémica medida del 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), derogó la polémica resolución 4838/2020 que establecía el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales” y dispuso su reemplazo por otro esquema acordado con los consejos profesionales de ciencias económicas de todo el país, que habían protestado judicialmente por la medida original.

El organismo que conduce Carlos Castagneto, tras reunirse con tributaristas, informó que establecerá “un nuevo Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (RICOI), a los fines de efectuar una efectiva evaluación y gestión de riesgos del cumplimiento en materia de tributación internacional”. De esta forma, el organismo que conduce Carlos Castagneto tendrá un control online sobre las operaciones internacionales realizadas por las grandes empresas.

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“La Resolución General N° 5306/22 reemplaza al Régimen de Información de Planificaciones Fiscales Nacionales e Internacionales dispuesto en la RG N° 4838/20, que a diferencia del RICOI obligaba también a todos las personas jurídicas y humanas. Quedan expresamente exceptuadas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresa, Tramo I y II en todas sus categorías”, indicó la AFIP a Infobae.

A través del nuevo régimen, que excluyó a los profesionales de las ciencias económicas y a las pymes, “los contribuyentes obligados deberán presentar su información luego del vencimiento de la declaración jurada del impuesto a las ganancias. Para hacerlo, deberán ingresar con Clave Fiscal Nivel 3 al servicio web “Régimen de Información Complementaria de Operaciones Internacionales”.

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“Los sujetos alcanzados son las sociedades y asociaciones, y sus firmas derivadas constituidas en el país, así como las derivadas de fideicomisos constituidos en el país. Quedaron exceptuadas de este régimen las Pymes”, se explicó.

La normativa “será de aplicación para la presentación de la información correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 01/08/2022. La AFIP mostrará al contribuyente la información obtenida del exterior mediante los acuerdos internacionales con terceros países. En ese sentido, los abogados y contadores ya no tendrán la responsabilidad personal, sino que recaerá sobre las sociedades”.

Carlos Castagneto - Titula AFIP
Carlos Castagneto, titular de la AFIP

Este cambio fue introducido por las autoridades de la AFIP a “representantes del sector privado en el edificio central del organismo. Participaron del encuentro Silvio Rizza, Sergio Pantoja, Teresa Gómez, Heraclio Lanza, Daniel Malvestiti y Catalino Nuñez por la Federación de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE); Carlos Abeledo por la Unión Industrial Argentina (UIA) , y Fabián Castillo por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Federación de Comercios e Industrias de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA). Por AFIP también estuvieron presentes los subdirectores generales Alejandro Otero, Juan Pablo Pérez Millán y Daniel Reposo”. Los consejos profesionales se habían presentado en varias provincias para objetar el régimen anterior, que fue suspendido hace tres meses por la AFIP.

“La Resolución es el resultado del trabajo conjunto entre la AFIP y las distintas entidades empresarias y de profesionales, con quienes el organismo mantiene un diálogo constante en su objetivo de perfeccionar permanentemente la normativa vigente”, indicó el organismo.

Apoyo de los contadores

“Va en el sentido solicitado. No estamos los profesionales ni las pymes. El régimen de información es complementario de operaciones internacionales”, indicó a Infobae el presidente de la Fapce, Silvio Rizza.

La Federación expresó que “desde la publicación de la mencionada RG el 19/10/2020, nuestra Federación ha puesto de manifiesto su discordancia con el régimen de información de las planificaciones fiscales que se pretendía reglamentar, en razón de que ello avanzaba peligrosamente por sobre un derecho constitucional consagrado, la jurisprudencia y la normativa vigente, cual es el secreto profesional y el debido sigilo en la relación profesional – cliente”.

“Cabe mencionar que desde un principio la FACPCE, a través de sus organismos técnicos, manifestó sudisconformidad con las obligaciones emergentes de la mencionada RG y que fuera producto de numerosasreuniones con autoridades del organismo fiscal para debatir el tema. No habiendo tenido favorable receptividad en esos momentos a nuestros planteos, los 24 Consejos en conjunto con las autoridades de la Federación asumieron el compromiso de defender los derechos de nuestros profesionales matriculados iniciando la vía recursiva en sede administrativa y judicial -medida cautelar e impugnación de nulidad de la norma- para reclamar el derecho vulnerado”, expresó.

“En un hecho histórico para nuestra Federación los 24 Consejos del país, de manera homogénea, iniciaron las acciones judiciales que a lo largo de este tiempo han tenido resultados positivos con diferentes grados de avances en los estrados judiciales y con avance favorables acorde a lo peticionado. A lo expresado corresponde agregar que desde la Mesa Directiva de FACPCE se realizaron varias reuniones con las actuales autoridades de la AFIP, explicando y reiterando los argumentos planteados en las demandas judiciales mencionadas anteriormente. Por lo cual no podemos dejar de manifestar nuestra satisfacción ante esta nueva resolución del organismo que deroga aquella reglamentación tan conflictiva, que generaba rispideces innecesarias con los profesionales de Ciencias Económicas”, concluyó.

En tanto, Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, explicó que “de esta forma, el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales Nacionales e Internacionales será reemplazado por la Resolución General (AFIP) 5306 que implementa un régimen de información complementario de operaciones internacionales que pretende evitar duplicar los datos que surgen de otros regímenes”.

Varios expertos en impuestos habían criticado esta norma difundida en la gestión de Mercedes Marcó del Pont al considerar que avasallaba derechos constitucionales, entre otros argumentos.

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