
El Gobierno porteño evaluará qué hará con el impuesto al consumo con tarjetas de crédito tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia que devolvió a la Ciudad una porción importante de la coparticipación que había decidido recortar la Casa Rosada hace poco más de dos años.
Como la decisión del Gobierno nacional de recortarle fondos a la Ciudad destinados al financiamiento de la polícia porteña, la administración de Horacio Rodríguez Larreta había dejado de recibir una masa de recursos que tuvo que compesar con recortes de gastos y aumentos de impuestos, entre ellos uno que levantó polémica y que fue discutida en la Legislatura porteña hasta hace pocos meses: un recargo tributario que se cobraba para cada resumen de consumo con tarjeta de crédito.
Ese impuesto fue puesto en marcha con el Presupuesto 2021, y preveía que los porteños tendrían que pagar un impuesto a los sellos para las tarjetas de crédito, que representó un 1,2% sobre el total del resumen de los gastos realizados con ese medio de pago. Se aplicó a las tarjetas que emitidas en la ciudad de Buenos Aires y emuló así a una medida de la misma naturaleza que ya había sido implementada en las provincias de Buenos Aires, Tucumán, Córdoba, Mendoza, Tucumán, Chaco, San Luis y Tierra del Fuego.
En el Gobierno de la Ciudad habían insistido, tras la presentación del Presupuesto 2023, que se trataba de un tributo de emergencia que sería eliminado en caso de que se vuelvan a percibir los fondos perdidos por el recorte a la coparticipación. Fuentes del Gobierno porteño aseguraron que el fallo “está en análisis” y que en las próximas horas tomarán una decisión sobre qué harán con el impuesto a los sellos para las tarjetas de crédito. Se espera que la decisión sea anunciada a última hora de hoy, en una conferencia de prensa ubicada en la sede de la administración porteña.
La decisión de la Corte le devolvió la mayor parte (2,95%) del coeficiente de coparticipación aunque no la totalidad que pedía CABA, de 3,50 por ciento. De todas formas, aseguraron que cumplirán ese compromiso de eliminar el impuesto ya con el fallo del máximo tribunal.

La Corte Suprema dictó este miércoles una medida cautelar por la cual ordenó que se entregue a la Ciudad de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos coparticipables (CABA pidió 3,50% en el reclamo de fondo que continuará sustanciándose en la Justicia) y que dichas transferencias se realicen en forma diaria y automática por el Banco de la Nación Argentina. En consecuencia, el tribunal dispuso la suspensión de la ley 27.606 que había reducido la participación de esa jurisdicción.
El recorte en la coparticipación porteña había sido decretado por el presidente Alberto Fernández para darle un aumento a la Policía Bonaerense en medio de una protesta de efectivos que puso en jaque la seguridad de la Provincia a mediados de 2020.
La cuestión se originó en dos causas iniciadas por el GCBA en el año 2020 a raíz del recorte de más de un punto de coparticipación por el Estado Nacional, primero por el dictado de un decreto (735 de septiembre 2020) y luego de una ley nacional (27606, diciembre 2020), por lo cual la Ciudad solicitó al máximo tribunal su inconstitucionalidad y el pago de una suma que compense la pérdida sufrida desde entonces.
En la postura contrapuesta, el Estado Nacional cuestionó la legitimidad del decreto 194/2016 dictado por el entonces presidente Mauricio Macri en enero de ese año, a pocos días de asumir en su cargo, y por el cual se había elevado de 1,40 a 3,75 el porcentual que recibía la Ciudad de la masa de fondos coparticipables. Entendió que era un porcentaje fijado de modo completamente arbitrario.
En el fallo la Corte consideró que la decisión que tomó responde a dos factores relacionados, por un lado, la verosimilitud del derecho invocado por la Ciudad de Buenos Aires, y por el otro, la necesidad de atenuar -durante el proceso- la alteración que causa el recorte de fondos en el normal desempeño de la administración porteña “y, por consiguiente en la calidad y cantidad de los servicios y bienes públicos que provee a su población”.
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