El Gobierno prorrogó la exención para algunas empresas de hacer el pago de contribuciones patronales de los salarios de sus empleados

El beneficio es para aquellos empleados que estén incluidos en el programa Repro II y se extenderá hasta el 30 de junio de 2022

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El ministro de Trabajo, Claudio
El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, junto al ministro de Economía, Martín Guzmán (Foto: Presidencia de la Nación)

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 30 de junio de 2022 la reducción del 100% de las contribuciones patronales que deben pagar con los salarios de sus empleados aquellas empresas que se vieron más afectadas durante el cierre de la actividad por la pandemia de COVID-19, y que fueron beneficiarias del programa Repro II.

La medida fue confirmada a través del Decreto 899/2021, firmado por el presidente Alberto Fernández y publicado este miércoles en el Boletín Oficial. En efecto, la decisión gubernamental consiste en extender el alcance de la resolución publicada en mayo de este año y que vencía el próximo viernes 31 de diciembre: “Prorrógase hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 323 del 8 de mayo de 2021″.

Esta asistencia del Estado continuará siendo destinada a rubros como el gastronómico, el hotelero, el turístico y el de la salud; empresas que accedan al programa Repro II a través del cual reciben un subsidio de hasta 22 mil pesos por trabajador para abonar los sueldos, y que encuadren en los sectores considerados “críticos”, afectados por la pandemia.

El plan Repro II fue creado en noviembre del año pasado en medio de la crisis económica, luego de los meses más duros de cuarentena, como asistencia para pagar los sueldos de empleados de las empresas más afectadas por las restricciones y la caída de la economía. Reemplazó así al programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), que había sido implementado durante los primeros meses de pandemia y que tuvo un alcance más amplio.

El Repro se trata de una ayuda para hacer frente a los salarios y consiste en el pago por parte del Estado de $22.000 por empleado. Entre los sectores considerados “críticos” se incluyó: Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros), comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio), centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El Repro II otorga una asistencia de $22.000 para las trabajadoras y trabajadores de empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y los independientes, en tanto que el subsidio a los sectores no críticos afectados es de $9.000.

La medida apunta a determinadas
La medida apunta a determinadas empresas del país (EFE/ Enrique García Medina)

La medida oficializada hoy consiste en la exención hasta el 30 de junio del pago de las cargas patronales que los empleadores tienen que destinar al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

En marzo de este año el Gobierno había establecido una rebaja gradual y temporaria de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales que se inicien en el término de 12 meses contados desde su vigencia, durante un período de 3 años, en sectores económicos determinados de las Provincias de Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumpan, orientados a la producción de bienes.

En el decreto publicado se estableció que dichas disposiciones “serán de aplicación para las nuevas relaciones laborales que se inicien desde su vigencia hasta el 30 de junio de 2022, inclusive”.

“Resulta preciso extender los beneficios otorgados por las normas precedentemente señaladas por un plazo mayor, para no afectar la sustentabilidad económica de las unidades productivas y preservar el nivel de trabajo registrado”, argumentó el Gobierno en el decreto que también lleva las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de los ministros, de Trabajo, Claudio Moroni, y de Economía, Martín Guzmán.

Además se mencionó que el Poder Ejecutivo, a través del artículo 188 de la Ley N° 24.241, está facultado a reducir las contribuciones patronales destinadas al financiamiento de la seguridad social, únicamente en la medida en que fueran efectivamente compensadas con incrementos en la recaudación del sistema o con aportes del Tesoro Nacional que equiparen dicha reducción.

En este marco, “el tratamiento diferencial que se prorroga por el presente decreto será compensado con aportes del Tesoro Nacional, con el objetivo de asegurar la sustentabilidad económica y financiera del SIPA, con el fin de no afectar las prestaciones de sus actuales ni futuros beneficiarios o futuras beneficiarias”.

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