El Gobierno pagará un seguro de desempleo para las desvinculaciones de común acuerdo entre las empresas y los trabajadores

El Ministerio de Trabajo extendió por decreto el alcance de esa prestación. El Estado abonará entre 6000 y 10.000 pesos por un período de dos meses a un año

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Las ramas industriales de peso
Las ramas industriales de peso que registraron mayor recuperación fueron las industrias metálicas básicas, la fabricación de maquinaria y equipo y la producción de materiales para la construcción. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni/Archivo

El Gobierno decidió extender el alcance de los seguros por desempleo para aquellos trabajadores que hayan sido desvinculados “de común acuerdo” con las empresas.

Así lo determinó por decreto este jueves el Ministerio de Trabajo. Hasta ahora, la prestación solamente era considerada por el Estado para aquella dotación de personal que hubiera sido despedida “sin causa justa”.

La cartera laboral consideró que “resulta razonable entender como indicios ciertos de entendimiento de la existencia de una verdadera situación legal de desempleo” aquellas situaciones en las que median “convenios de rescisión suscriptos por ambas partes de la relación de trabajo”.

Para eso, estableció algunos criterios que dan cuenta de ese tipo de rescisiones consensuadas entre empresas y empleados. En ese contexto, identificó como causas el cierre de una rama, un establecimiento, una planta o de toda la actividad de la empresa empleadora; la imposibilidad de disponer sobre la continuidad del contrato de trabajo por la parte trabajadora; la asimilación de los montos acordados con los que hubieran correspondido frente a una indemnización por despido; y la masividad, homogeneidad y contemporaneidad de los convenios suscriptos por ambas partes.

En los considerandos del decreto, el Gobierno consideró que “algunas empresas han debido cerrar sus establecimientos total o parcialmente, o modificar su estrategia industrial, comercial o productiva, por lo que se produjeron extinciones colectivas de los contratos de trabajo vigentes en ellas” y en ese contexto, “muchas veces con mediación de la representación sindical, se han llegado a suscribir sendos convenios en los que se establecen las condiciones de la rescisión” laboral.

Según pudo saber Infobae, el Gobierno detectó que ante la prohibición de despidos algunas empresas realizaban desvinculaciones “encubiertas” a través de acuerdos con los empleados en los que, consideran, el trabajador no tenía poder de decisión sobre ese convenio. Por eso consideraron que para algunos casos en que se produzcan cesantías colectivas con acuerdo de empleados y empresas, corresponderá que el Estado los incluya en el seguro de desempleo.

El Ministerio de Trabajo extendió
El Ministerio de Trabajo extendió por decreto el alcance de los seguros de desempleo para trabajadores que hayan sido desvinculados “de común acuerdo” con la empresa empleadora. (Gastón Taylor)

El Gobierno nacional había prorrogado a principios de junio hasta el 31 de agosto el cobro de la prestación por desempleo. Consta de un bono de entre 6 mil y 10 mil pesos que está destinado para trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa y, desde ahora, con desvinculaciones de mutuo acuerdo. De esta forma, se extiendió hasta el último día de agosto los vencimientos de las prestaciones por desempleo que “se produzcan entre el 1° de mayo de 2021 y el 31 de julio de 2021″.

Aquellas personas despedidas sin causa, con una antigüedad de entre 6 y 11 meses, tienen derecho a cobrar el bono durante dos meses; mientras que aquellos con una antigüedad de entre un año y 23 meses, podrá cobrar el beneficio por cuatro meses. El plazo se extiende a 8 meses si el empleado tuvo una antigüedad de entre 2 años y 35 meses, y hasta 12 meses para los que tuvieron una antigüedad mínima de tres años. Por otra parte, el cobro se prolonga por un período de seis meses si la persona tiene más de 45 años.

En el artículo 4° de la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, se explicó que “el monto de las cuotas de prórroga será equivalente al 70% de la prestación original”. Por su parte, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) efectuará los cruces informáticos y demás controles a su cargo para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten extendidas por dicha medida.

En los próximos meses el seguro de desempleo tendrá el mismo incremento que fue acordado para el salario mínimo. Gremios y empresas acordaron en abril un incremento retroactivo para ese mes de 9% y luego con actualizaciones mensuales en mayo, junio (4% en cada caso), julio (3%), agosto, noviembre y por último en febrero (5% en cada mes), lo que totalizará un 35% de aumento total. De esta manera, el pago pasará a ser en febrero próximo de entre 8100 a 13.500 pesos.

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