Enargas recordó que la suspensión de los cortes de servicios sólo beneficia a una parte de los usuarios

El interventor del Ente Nacional Regulador del Gas precisó que el beneficio alcanza solamente a determinados casos que se encuentran en una situación de “mora o falta de pago” y que, además, cumplen con algunos requisitos

Guardar
Google icon
Imagen RN5RJQJNBBCFJEZXGZWX4L3O34

El interventor del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), Federico Bernal, reiteró que la suspensión por 180 días en los cortes del servicio de gas por falta de pago no alcanza a todos los usuarios de la red, sino a determinados casos específicos. El representante del organismo explicó que este beneficio comprende solo a titulares de beneficios universales, monotributistas de las categorías más bajas, jubilados y pensionados que perciben la mínima y trabajadores de casas particulares.

Además, agregó que la excepción también aplica para algunos usuarios no residenciales, como las micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por la crisis, las cooperativas de trabajo recuperadas, instituciones de salud y de bien público.

PUBLICIDAD

De esta forma, el Enargas precisó que la suspensión por 180 días del corte del servicio público de distribución de gas por redes “no se aplica a la totalidad de la población, sino a los alcanzados en el decreto que contemplaba los casos de mora o falta de pago para los servicios públicos”.

El Enargas es el ente encargado de regular el servicio de gas.
El Enargas es el ente encargado de regular el servicio de gas.

Hace 10 días las empresas distribuidoras de gas de todo el país le comunicaron a Bernal que estaban registrando caída de recaudación por el cobro del servicio de entre el 60 y el 75% -de acuerdo con la empresa- lo que, aseguraban, ponía en riesgo la adecuada operatividad de las prestaciones.

PUBLICIDAD

En medio de la emergencia pública en materia sanitaria establecida en relación con el coronavirus, el Gobierno publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 311/20 para impedir los cortes por falta de pago de los servicios básicos como gas, luz, agua, telefonía fija y móvil, Internet y televisión por cable durante 180 días. De acuerdo con lo establecido por la norma, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de los ministros del gabinete, las prestadoras de los servicios no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas.

La medida no incluye las facturas vencidas con anterioridad al 1° de marzo de 2020. Asimismo, la norma aclara que “quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.

También aclara que “en ningún caso la prohibición alcanzará a aquellos cortes o suspensiones dispuestos por las prestadoras por razones de seguridad, conforme sus respectivas habilitaciones y normas que regulan la actividad”.

Jubilados; pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, están incluidos en la medida.
Jubilados; pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, están incluidos en la medida.

Los usuarios residenciales alcanzados por la medida son:

-Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

-Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

-Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.

-Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

-Usuarios que perciben seguro de desempleo.

-Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.

-Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).

-Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia también están incluidas.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia también están incluidas.

Al mismo tiempo, la medida también beneficia a usuarios no residenciales:

-Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia.

-Las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) afectadas en la emergencia.

-Las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia.

-Las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

La norma establece además disposiciones especiales para los servicios prepagos. Si quienes cuenten con sistema de servicio prepago de energía eléctrica no pagaran la correspondiente recarga para acceder al consumo, las empresas deberán brindar el servicio de manera normal y habitual durante los próximos 180 días.

En el caso de los servicios prepagos de telefonía celular o acceso a Internet, si el usuario no abonase la recarga la empresa deberá brindarle un servicio reducido que garantice la conectividad. Esta obligación regirá hasta el día 30 de abril del año en curso.

Seguí leyendo:

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

Domingo Cavallo, otra vez crítico con el Gobierno: cuestionó el RIGI y pidió levantar los controles cambiarios

El ex ministro de Economía consideró que los esquemas de incentivos para las grandes inversiones “discriminan y ponen en desventaja a millones de empresas”. Además, reiteró su pedido de eliminar la totalidad de las restricciones a la movilidad de capitales

Domingo Cavallo, otra vez crítico con el Gobierno: cuestionó el RIGI y pidió levantar los controles cambiarios

Créditos digitales, salarios bajos y empleo precario: por qué los jóvenes son los más expuestos al endeudamiento

Los menores de 35 años concentran el mayor nivel de morosidad del sistema financiero. En Infobae a la Tarde, Ricardo Delgado explicó cómo la caída del ingreso disponible y el acceso inmediato al financiamiento modificaron los hábitos de consumo y pago

Créditos digitales, salarios bajos y empleo precario: por qué los jóvenes son los más expuestos al endeudamiento

Mercados: Wall Street mantuvo el alza en zona récord, pero cayeron las acciones argentinas

Los índices de Nueva York subieron hasta 1,5% y el S&P 500 cerró su mejor trimestre en seis años. El S&P Merval bajó 0,3%. El riesgo país cedió a 426 puntos básicos

Mercados: Wall Street mantuvo el alza en zona récord, pero cayeron las acciones argentinas

El Gobierno avanza con las concesiones viales y le otorgó a privados la operación de 1.871 kilómetros de rutas

Los tramos Pampa y Sur-Atlántico-Acceso Sur dejan de estar bajo control de la empresa estatal Corredores Viales y pasan a manos de los consorcios que se impusieron en la licitación de la Etapa II-A

El Gobierno avanza con las concesiones viales y le otorgó a privados la operación de 1.871 kilómetros de rutas

Cocos completó la compra de Voii y designó a un gerente general para su nuevo banco

La operación incluyó el traspaso de acciones y la obtención de una licencia bancaria, con la que el grupo planea sumar de manera gradual nuevos productos y servicios en una plataforma para personas y compañías

Infobae