
El Gobierno fijó en $107.658 el nuevo tope de ingresos para percibir las asignaciones familiares para los trabajadores en relación de dependencia (por hijos, nacimiento, adopción, matrimonio y ayuda escolar, entre otras). Para el pago de estas asignaciones se toma en cuenta el ingreso del grupo familiar (IGF) que suma los remuneraciones brutas de todos sus integrantes.
Las familias que tengan ingresos por encima de este nuevo límite máximo no podrán cobrar las asignaciones, excepto para el caso de las asignaciones por maternidad (que no cuentan con tope de ingresos). Además, si un solo integrante percibe un importe superior a $53.829 brutos se excluye también del cobro de asignaciones al grupo familiar.
El nuevo rango de máximos y mínimos se realizó a través de la Resolución 81/2019 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). El tope mínimo e ingresos del grupo familiar, en tanto, quedó en $3.621,04.
Según el Presupuesto del Gobierno para 2019, la cobertura de las asignaciones familiares, que reciben los hijos de los trabajadores en relación de dependencia, creció a más de 4 millones de niños luego de la incorporación de los hijos de los monotributistas y de los trabajadores temporarios al programa.

El valor general de la asignación familiares por hijo es de $2.031 para familias con ingresos entre 3.621,04 y $31.494. De $1.368, para ingresos entre $31.494,01 y $46.191. De $825, para ingresos entre $49,191,01 y $53.329. Y de $423 para ingresos entre $53.329,01 y $107.658. Esos montos aumentan según la zona geográfica de los trabajadores.

El año pasado, el Gobierno había tomado un camino diferente: en línea con el recorte prometido al Fondo Monetario Internacional (FMI), el techo para poder percibir asignaciones se bajó de $94.786 a $83.917 en bruto por grupo familiar, mientras que ninguno podía percibir más de $41.959. La decisión se tomó en julio de 2018.

En ese momento, el Gobierno argumentó que a partir de la adecuación un mismo titular no podía recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias. "Resulta necesario adecuar los valores del límite máximo de ingresos para poder percibir asignaciones a fin de que la misma contingencia no sea cubierta dos veces a través de diferentes regímenes", explicaron.

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