Juez prorrogó la suspensión del cierre de la Zona de Ubicación Temporal en Putumayo: advierte riesgos para la seguridad de los excombatientes

La decisión judicial ordena a la Presidencia coordinar las actuaciones administrativas, jurídicas, sociales y de seguridad necesarias para garantizar una salida organizada de las personas concentradas en la zona rural del Valle del Guamuez

Un juzgado de Valle del Guamuez rechazó la nulidad presentada por la Presidencia y mantuvo la suspensión de la Zona de Ubicación Temporal para disidencias de las Farc en Putumayo - crédito EFE
La decisión judicial se produjo tras una acción de tutela presentada por 62 excombatientes contra la Presidencia de la República, luego de que el Gobierno anunciara la terminación de la zona para el 30 de septiembre de 2026 - crédito EFE
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El Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, Putumayo, ordenó suspender durante seis meses la terminación de la Zona de Ubicación Temporal (ZUT), donde permanecen excombatientes de los Comandos de Frontera que participaron en las negociaciones de la política de Paz Total del gobierno del expresidente Gustavo Petro.

La providencia, fechada el 8 de octubre, amparó sus derechos fundamentales y advirtió sobre los riesgos que podría generar un cierre sin las garantías institucionales necesarias para su seguridad y reincorporación a la vida civil.

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La decisión respondió a una acción de tutela presentada por 62 excombatientes contra la Presidencia de la República, después de que conocieran la resolución que establecía el cierre de la zona el 30 de septiembre. Antes de emitir el fallo, el despacho judicial había suspendido provisionalmente esa medida mientras estudiaba los argumentos relacionados con la protección de las personas que permanecen en el lugar.

El juzgado ordenó a la Presidencia garantizar durante seis meses las condiciones necesarias para adelantar un cierre organizado de la ZUT, con la participación de los accionantes y de las entidades competentes. La medida busca que se completen los procedimientos administrativos, documentales, sociales, migratorios, jurídicos, logísticos y de seguridad requeridos para desarrollar el proceso.

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El fallo podrá ser impugnado por el gobierno de Abelardo de la Espriella. Sin embargo, mientras la decisión judicial se mantenga vigente, la administración deberá cumplir las disposiciones establecidas por el despacho en relación con la continuidad de la zona y las garantías para sus ocupantes.

El juzgado amparó los derechos fundamentales de los accionantes a la vida, la seguridad, la integridad física, la reincorporación y el tránsito a la vida civil, entre otras garantías, ante los riesgos identificados durante el proceso - crédito Rama Judicial
El juzgado amparó los derechos fundamentales de los accionantes a la vida, la seguridad, la integridad física, la reincorporación y el tránsito a la vida civil, entre otras garantías, ante los riesgos identificados durante el proceso - crédito Rama Judicial

La orden judicial modifica el cronograma de cierre

La determinación se produjo después de que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) expidiera una nueva resolución para modificar el plazo inicialmente establecido para terminar la ZUT. Tras no concretar el cierre el 30 de septiembre, el Gobierno nacional fijó el 3 de diciembre de 2026 como nueva fecha para culminar el procedimiento.

Ese cronograma contemplaba que, a más tardar el 30 de noviembre del presente año, debía materializarse la salida de todas las personas que permanecieran en el lugar.

No obstante, el fallo del 8 de octubre estableció un plazo de seis meses para completar las actuaciones necesarias, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación. En consecuencia, la continuidad de la ZUT se extendería hasta los primeros meses de 2027, dependiendo del cumplimiento de los plazos y de las actuaciones contempladas en la providencia.

El juzgado amparó los derechos a la vida, la seguridad, la integridad física, el libre desarrollo de la personalidad, la reincorporación y el tránsito a la vida civil, la personalidad jurídica, la identidad, el debido proceso administrativo, la confianza legítima y la paz de los accionantes.

Alertas por amenazas y falta de atención en salud

La ARN advirtió sobre los riesgos que podría generar una terminación anticipada de la zona, especialmente para la seguridad y la reincorporación de los excombatientes - crédito Delegación de Paz del Gobierno
La ARN advirtió sobre los riesgos que podría generar una terminación anticipada de la zona, especialmente para la seguridad y la reincorporación de los excombatientes - crédito Delegación de Paz del Gobierno

Entre los elementos considerados en el proceso figuran las advertencias formuladas por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), que remitió comunicaciones a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación sobre las consecuencias de una terminación anticipada de la zona.

Según lo expuesto en la providencia, la ARN manifestó su preocupación por los posibles efectos sobre las garantías de derechos y la seguridad de quienes comienzan su proceso de reintegración. También advirtió sobre un riesgo de reincidencia y sobre las consecuencias que la situación podría tener para la credibilidad institucional del Estado colombiano frente a los procesos de desmovilización y sometimiento.

A estas alertas se sumaron los hallazgos de la Defensoría del Pueblo durante una visita de verificación de derechos realizada el 18 de septiembre. La entidad comunicó al Dapre que existían deficiencias en la atención en salud y obstáculos para gestionar oportunamente las emergencias médicas.

La Defensoría también señaló la ausencia de medidas de protección adecuadas, en un contexto de temor a represalias de grupos armados ilegales presentes en la zona. De acuerdo con el documento citado en el proceso, 11 personas expresaron temor frente a posibles represalias, mientras que 23 participantes manifestaron haber recibido amenazas concretas.

La entidad advirtió, además, sobre la existencia de un riesgo general de seguridad en el territorio, un factor que deberá tenerse en cuenta al momento de definir las condiciones para el traslado y la salida de quienes permanecen en la ZUT.

Las condiciones sociales de los ocupantes

Defensoría del Pueblo pidió garantías para los miembros de la ZUT en el Putumayo
Con esta comunicación al juzgado de Puerto Asís (Putumayo), la Defensoría del Pueblo pidió garantías para los miembros de la ZUT en el Valle del Guamuez - crédito Defensoría del Pueblo

El informe de la Defensoría también expuso las dificultades económicas y familiares que enfrentan parte de las personas concentradas en el lugar. Según los datos recopilados, 43 personas manifestaron no tener un sitio seguro al cual trasladarse ni disponer de ingresos o de una red de apoyo y cuidado que les permita afrontar su salida.

Asimismo, 51 de quienes permanecen en la zona afirmaron ser responsables del sostenimiento económico de hijos menores de edad, madres o padres adultos mayores, o de sus parejas. Estas circunstancias hacen parte de los factores sociales que deben considerarse en la preparación del cierre.

La información suministrada sobre la población que ingresó a la ZUT el 18 de junio señala que son 99 personas. De ellas, 53 tienen entre 18 y 28 años, 13 son mujeres y nueve reconocen tener alguna discapacidad. Además, 50 se autorreconocen como integrantes de pueblos indígenas u originarios.

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