El concejal de Bogotá Julián Uscátegui Pastrana presentó una demanda ante el Consejo de Estado para solicitar la nulidad del Decreto 799 de 2025, que cambió las reglas de reparto de las acciones de tutela dirigidas contra actuaciones del presidente de la República.
La acción busca que el alto tribunal revise una norma que, según el demandante, abrió la posibilidad de que jueces de distintas regiones adopten órdenes con efectos nacionales, como la suspensión de bombardeos o de operativos de erradicación de cultivos ilícitos.
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La demanda también incluye una petición de suspensión provisional del decreto mientras se adopta una decisión de fondo. Uscátegui sostiene que la aplicación de la norma puede derivar en fallos incompatibles sobre una misma actuación del Gobierno nacional, según el juzgado ante el que se presente cada tutela.
El decreto modificó el reparto de estos recursos para que las tutelas contra actuaciones del jefe de Estado fueran conocidas en primera instancia por jueces del circuito o de igual categoría, conforme a las reglas de reparto aplicables. Antes de esa modificación, esos casos llegaban al Consejo de Estado.
El decreto cambió el reparto de tutelas contra actuaciones del presidente
El eje de la demanda está en el alcance del Decreto 799 de 2025. La norma incluyó las tutelas contra actuaciones del presidente, incluidas las relacionadas con seguridad nacional, y las relativas a actuaciones administrativas, políticas, programas o estrategias del Gobierno nacional sobre erradicación de cultivos ilícitos.
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Para el concejal, ese cambio fragmenta el control judicial de asuntos que pueden afectar a todo el territorio nacional e incluso tener consecuencias fuera del país. La demanda plantea que el traslado de esos expedientes a despachos locales puede afectar principios como la igualdad, la seguridad jurídica, el juez natural y la independencia judicial.
“No podemos permitir que una misma actuación del Gobierno nacional tenga consecuencias judiciales diferentes simplemente por el lugar donde se presenta una tutela. La justicia debe garantizar igualdad, seguridad jurídica y coherencia, especialmente cuando estamos hablando de decisiones que tienen alcance nacional”, afirmó Uscátegui.
El escrito cuestiona que una disposición administrativa de reparto produzca, en la práctica, el efecto de apartar al Consejo de Estado de una categoría de tutelas vinculadas con actos u omisiones atribuidos al presidente de la República.
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Según el demandante, la discusión no se limita a una controversia política sobre las decisiones del Ejecutivo. La acción pretende que la jurisdicción contencioso-administrativa determine si el Gobierno podía modificar el esquema de reparto de esos recursos mediante decreto.

Tutelas en Putumayo y Cauca llevaron la discusión a los tribunales
La iniciativa de Uscátegui surgió después de decisiones adoptadas por jueces de circuito en casos ligados a operaciones estatales contra cultivos ilícitos y grupos armados.
Uno de los antecedentes corresponde a un juez de Puerto Asís, en el departamento de Putumayo, que ordenó suspender temporalmente cualquier actividad de aspersión aérea con glufosinato de amonio en el departamento, mientras se estudia la tutela. La medida tuvo efectos sobre una política pública que trasciende la jurisdicción del despacho que conoció el expediente.
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Otro caso se relaciona con una decisión del Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras con Enfoque Étnico de Popayán. Ese despacho ordenó al Ministerio de Defensa y al presidente suspender órdenes de bombardeo en el Cauca.
Para Uscátegui, estos fallos muestran que despachos judiciales ubicados en distintas regiones pueden tomar determinaciones sobre asuntos de alcance nacional. El concejal sostuvo que la regla vigente permite que una actuación estatal reciba respuestas judiciales diferentes según el sitio en el que se promueva una tutela.
“La discusión no es política, es constitucional. Una regla administrativa no puede estar por encima de los principios de igualdad, seguridad jurídica, juez natural e independencia judicial. Lo que estamos pidiendo es que exista un control judicial coherente sobre actuaciones que tienen alcance nacional”, señaló el cabildante.
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La demanda cita un antecedente del propio Consejo de Estado

El recurso presentado ante el Consejo de Estado menciona un auto del 25 de julio de 2023, en el que la corporación reconoció que las actuaciones del presidente, por la naturaleza de sus funciones, pueden generar efectos “a nivel nacional e incluso internacional”.
Ese criterio había servido para justificar que las tutelas relacionadas con actuaciones del jefe de Estado fueran concentradas en el alto tribunal. La demanda plantea que esa consideración sigue vigente en casos relacionados con decisiones de seguridad nacional, operaciones militares y políticas de erradicación de cultivos ilícitos.
Uscátegui pidió que, mientras se estudia la legalidad del decreto, el Consejo de Estado suspenda temporalmente sus efectos. La solicitud apunta a evitar que durante el trámite se acumulen decisiones que puedan resultar contradictorias frente a medidas del Gobierno nacional.
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En una declaración sobre la demanda, el concejal afirmó que el Decreto 799 de 2025 trasladó al conocimiento de jueces de la República tutelas contra el presidente, sin distinguir especialidad o jurisdicción. “Esperamos que el magistrado nos dé la razón y devuelva al Consejo de Estado la facultad de resolver temas tan sensibles como los bombardeos y la lucha contra las drogas”, expresó.
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