Petro ganó una batalla jurídica: un tribunal revocó la sentencia que le ordenaba rectificar sus declaraciones sobre las elecciones presidenciales

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que las expresiones del ex jefe de Estado sobre los resultados de los comicios no tienen efectos jurídicos ni vulneras derechos fundamentales

El presidente Gustavo Petro mostró su rechazo a la posibilidad de una intervención militar de Estados Unidos en Colombia - crédito Juan Cano/Presidencia/Flickr
El tribunal falló a favor del expresidente Gustavo Petro y aseguró que la tutela no puede ser utilizada para controlar las opiniones políticas de los funcionarios - crédito Juan Cano/Presidencia/Flickr
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La Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió revocar una sentencia que ordenó al expresidente Gustavo Petro rectificar declaraciones que hizo sobre un presuntas irregularidades y fallas en el sistema electoral colombiano y en las elecciones presidenciales que dieron como ganador a Abelardo de la Espriella.

Se trata de la sentencia proferida el 22 de julio de 2026 por el Juzgado 21 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, por medio de la cual se resolvió una acción de tutela presentada por el ciudadano Roberto Emil Patiño Navarro.

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En la tutela, el accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales a la paz, la convivencia pacífica, la seguridad personal, el acceso a la información veraz e imparcial, la participación democrática, la estabilidad institucional, la confianza legítima, el debido proceso electoral y el respeto del orden constitucional. A su juicio, las publicaciones y las declaraciones del ex jefe de Estado en las que desconoció los resultados electorales constituyen una amenaza para sus derechos.

El gobierno de Abelardo De la Espriella concentró su primer mes en seguridad, reconstrucción, presupuesto, salud y cambios administrativos - crédito Catalina Olaya/Colprensa
El abogado Alejandro Carranza explicó que, a juicio del Tribunal de Cundinamarca, el hecho de que el expresidente Petro no reconociera a Abelardo de la Espriella como mandatario está protegido por la libertad de expresión - crédito Catalina Olaya/Colprensa

El juzgado de Bogotá concedió parcialmente el amparo de los derechos del ciudadano y ordenó al exmandatario hacer una rectificación de sus afirmaciones. Sin embargo, la sentencia fue impugnada y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio la razón al expresidente Petro.

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De acuerdo con el tribunal, aunque las expresiones del exmandatario sean controversiales y generen efectos a nivel político, lo cierto es que no implican por sí solas una vulneración o amenaza de un derecho fundamental.

Además, recordó que, luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) confirmó los resultados electorales y dio la credencial al presidente Abelardo de la Espriella, la opinión de Gustavo Petro no tenía efectos jurídicos. Eso quiere decir que las afirmaciones del expresidente no tienen la capacidad para modificar, desconocer o dejar sin efectos la decisión adoptada por la autoridad electoral.

El Tribunal de Cundinamarca revocó sentencia que ordenó al expresidente Gustavo Petro rectificar declaraciones sobre fraude electoral - crédito @HombreJurista/X
El Tribunal de Cundinamarca revocó sentencia que ordenó al expresidente Gustavo Petro rectificar declaraciones sobre fraude electoral - crédito @HombreJurista/X

Adicionalmente, indicó que existen autoridades y mecanismos judiciales propios que se encargan de resolver controversias relacionadas con la validez de la elección presidencial y sus resultados. Una acción de tutela no es procedente en este caso; la definición de esta situación no corresponde al juez constitucional.

En ese sentido, el tribunal aclaró que la tutela no puede ser utilizada como un mecanismo para controlar de manera general las opiniones o declaraciones de carácter político de un funcionario.

“Al no encontrarse acreditada una amenaza cierta y concreta de los derechos fundamentales invocados, se impone revocar la decisión de primera instancia que concedió parcialmente el amparo y, en su lugar, negar las pretensiones de la acción de tutela. Por la misma razón, deberá dejarse sin efectos la orden de rectificación impartida al presidente de la República, al carecer de sustento constitucional una medida de esa naturaleza cuando no se ha demostrado previamente la afectación de un derecho fundamental susceptible de protección mediante este mecanismo”, precisó el tribunal en la providencia.

El abogado Alejandro Carranza celebró fallo del Tribunal de Cundinamarca que reconoce las declaraciones del expresidente Petro sobre fraude electoral como libertad de expresión - crédito @HombreJurista/X
El abogado Alejandro Carranza celebró fallo del Tribunal de Cundinamarca que reconoce las declaraciones del expresidente Petro sobre fraude electoral como libertad de expresión - crédito @HombreJurista/X

Según el abogado Alejandro Carranza, que representa los intereses del exmandatario, el tribunal determinó que las declaraciones que hizo Gustavo Petro sobre el proceso electoral, el hecho de desconocer a Abelardo de la Espriella como presidente, y el criticar el sistema electoral y el software utilizado por la Registraduría Nacional del Estado Civil para las elecciones, están protegidas por la libertad de expresión.

El jurista aseguró que las afirmaciones y advertencias del ex jefe de Estado no vulneran ningún derecho fundamental y tampoco ponen en riesgo el sistema electoral, la democracia ni a la Registraduría.

“El pulso no es por silenciar a Petro, líder de la oposición y hasta hace poco Presidente. El pulso es porque la censura previa está prohibida (art. 20 CP; art. 13.2 CADH), y un país democrático debe resistir la crítica y el debate público, no silenciarlo (...). Así, una vez más, hemos ganado una batalla por la libre expresión de todos los colombianos y en especial, la del expresidente @petrogustavo y el progresismo”, precisó el profesional en Derecho.

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